Son dos preguntas sobre contribución:
¿ Los ayuntamientos tiene un limite para subir el importe de la contribución? ( Supongo que esto estará regulado)
¿ Un ayuntamiento puede subir la contribución un porcentaje más alto a unas personas que a otras del mismo municipio, o esto lo regula catastro? ( Debería se así porque sino se podrían beneficiar los familiares de los concejales, o gente cercana a ellos)
Alter ego, entiendo que quieres decir que el ayuntamiento solo puede cobrar como máximo el máximo, valga la redundancia, que le marca la ley, pero ¿ Si opta por cobra el máximo que le permite la ley de hacienda locales, debe de ser para todos los vecinos igual, o por el contrario puede haber manipulación? Por ejemplo, a mi me sube un 8 % y al vecino que es familiar del alcalde le sube solo un 4%. Supongo que eso estará regulado; ¿ No?
Es que no se hace "personalmente", sino por la vivienda.
Otra cosa es que alguna "personas" puedan tener derecho a deducciones, exacciones, etc. que deben estar basadas en la ley y reconocida en alguna resolución administrativa y por los casos tasados.