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¿quien puede convocar Junta de propietarios?

6 Comentarios
 
¿quien puede convocar junta de propietarios?
29/03/2005 09:01
Formo parte de una comunidad de vecinos que queremos convocar una Junta extraordinaria de propietarios, para ello hemos recogido las firmas de más del 25% de las cuotas de participación, pero le damos la hoja al Presidente instándole a que convoque dicha Junta y se niega. ¿Qué podemos hacer?¿La podemos convocar por nosotros mismos? ¿Le pedimos al administrador que la convoque él aún sin el Presidente?¿Instamos al Presidente, mediante burofax que la convoque?. Si alguien me puede sacar de este lio.
29/03/2005 11:39
Si teneis la firma de 25% de propietarios y 25% de cuotas, podeis vosotros mismos hacer la convocatoria. Para ello , el Administrador tendra que facilitarles los nombres y direcciones de todos los propietarios y el listado de morosos. Tendreis que confeccionar un "Orden del Dia" con los puntos a tratar, señalando lugar, dia, hora de 1ª convocatoria y hora 2ª convocatoria (media hora mas tarde). Si el Administrador es a su vez el Secretario, esta obligado a comparecer a la Junta a fin de levantar Acta. Si el Administrador se niega a todo esto, lo podeis denunciar en el Colegio de Administradores.
29/03/2005 17:14
Lexis, se puede nombrar un secretario para esa reunión, diciendo al principio de la misma que por ausencia del secretario de la Comunidad, se nombra en este acto y para que haga sus funciones a D. ......... y que pase el acta al libro. Pues seguro que ni administrador, ni presidente.
29/03/2005 17:41
Muchas gracias por la ayuda. Pero entonces no me queda claro sobre lo que dice Justa, el administrador debe estar presente en todo caso? o podemos nombrar nosotros a un secretario para esa junta en el caso de que el administrador no estuviera presente?
un saludo
29/03/2005 17:53
Si podeis nombrar un secretario para esa junta si el secretario-administrador no esta presente, lo que quise decir es que seguro que no va ni el Presidente, ni el administrador actual
30/03/2005 13:36
En este caso Justa:
¿Como se podra transcribir el Acta de la Junta al Libro de Actas en poder del Administrador?. ¿Quien tendra que enviar copia del Acta a los propietarios?. ¿Sigue procediendo la denuncia al Administrador por su incomparecencia?. Gracias por tu contestacion.
30/03/2005 16:25
Me imagino que si el Presidente y el secretario no estan de acuerdo con esa junta es porque se va a tratar de larevocación de su cargo si es así tendrá que entregar el acta.
Si no fuese así, se le solicitará el libro acta y se trascribira esa acta al libro, la enviara el administrador y si no lo hiciese, la enviarán los convocantes, para que tenga toda su validez. y se le pedirán responsabilidades al administrador y al presidente y creo que se merece una denuncia al colegio, y si no hace su efecto ¿? procedimiento legal oportuno.