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¿quien paga los gastos del abogado?

3 Comentarios
 
¿quien paga los gastos del abogado?
30/04/2005 11:08
El año pasado me tocó ser presidente de la comunidad de vecinos. En la misma junta que se hizo para mi nombramiento como presidente, se acordó cambiar las puertas de los dos portales que tenemos para acceder a la finca. Desde un primer momento uno de los vecinos se negó a que se cambiasen las puertas y desde entonces aparecieron en los buzones anónimos diciendo que yo me iba a quedar con parte de los presupuestos....etc. Un día estando en el desempeño de mis funciones como presidente y en compañía del portero y dos cerrajeros que vinieron a tomar medidas para dar presupuesto de las puertas, tuve un intento de agresión por parte de dicho vecino. Lo denuncie y gane el primer juicio. Dicho vecino recurrió el juicio y yo pedí asesoría jurídica al abogado de la empresa administradora que lleva las cuentas de la finca. Volví a ganar el segundo juicio y los gastos del abogado subieron a 180 € que se pusieron como gastos para la comunidad. Como en el momento de los hechos yo esta representando y trabajando para la comunidad de vecinos, ¿tengo derecho a pasar los gastos del abogado a la comunidad, los tiene que pagar el vecino que perdió el juicio, o los tengo que pagar yo? Gracias.
01/05/2005 17:11
No entiendo demasiado de los formulismos jurídicos pero por el hecho que me interesa informacion, ruego que mis compañeros se expresen; emito mi primera opinión, sin perjuicio de que me equivoque, si usted ha ganado los procedimientos y el vecino ha perdido, es la comunidad, la demandante la que debe de resarcirse de la parte contraria, suponiendo que se estipularan las costas contra el mismo.
De tal manera serían las costas y los honorarios de la parte demandante.
Distinto sería si el demandado se allanara. ?que pasariá? ?Puede decirnos en que forma se formuló la sentencia ¿
01/05/2005 20:44
De su relato debo suponer que usted denunció a su vecino por una agresión, dilucidándose la cuestión en vía penal.

El Juzgado haría un pronunciamiento de costas acordando que cada parte pagara las suyas (la frase que habrá utilizado habrá sido una fórmula similar a la siguiente: "en cuanto a las costas se declaran de oficio").

Al tratarse de una agresión personal entiendo que la comunidad no fue parte en dicho contencioso y consecuentemente usted deberá pagar las suyas y el agresor las suyas, sin entrometer a la comunidad en dicha cuestión, aunque en ese momento ustede fuera el presidente de la misma y fuera agredido por una diferencia de criterios sobre temas de la comunidad.

No obstante puede someter la cuestión al criterio de la junta por si entienden que debe ser la comunidad quien asuma las mismas.
02/05/2005 10:44
En primer lugar quiero dar las gracias a los dos amables moderadores que han contestado a mis dudas.
Efectivamente en la sentencia, el Juez impone una multa al agresor de 45 € y declara de oficio las costas procesales.
Yo creí que como en el momento de los hechos, yo estaba representando a la comunidad de vecinos, estaría protegido por está, pero veo que no es así y que es a mi al que corresponde pagar los gastos del abogado y no a la comunidad de vecinos, si se niega a correr con los gastos.
De nuevo les doy las gracias por la magnifica labor que realizan en este foro.