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¿Quién paga las costas y gastos?

2 Comentarios
 
22/01/2011 09:23
Si la constructora se ha allanado el juzgado os lo comunicará oficialmente como demandantes, para que manifesteis lo que en derecho considereis respeto a las costas.

Y el juez determinara sobre las mismas.

El LEC 394 establece la imposición de costas, incluso en allanamiento siempre y cuando haya mala fé, y cuando haya existido reclamacion previa.

Es importante que previamente a la demanda hubierais reclamado a la constructora, y toda documentacion o datos al respecto se debe aportar en la contestacion al juzgado

artículo 395.1 de la LEC: si el demandado se allanare a la demanda antes de contestarla, no procederá imposición de costas salvo que el Tribunal, razonándolo debidamente, aprecie mala fe en el demandado.
Se entenderá que, en todo caso, existe mala fe, si antes de presentada la demanda se hubiere formulado al demandado requerimiento fehaciente y justificado para la resolucion del problema de los defectos constructivos.

Las obras que realice la constructora deben ser revisadas por el arquitecto del edificio que tambien tiene su responsabilidad, debeis a mi juicio poneros en contacto con el.

Ahora bien de todo esto os puede y debe informar vuestro abogado.

20/01/2011 19:54
disculpad de nuevo, me ha quedado una duda.

Se supone que ahora si se han allanado tienen que cumplir con todo lo que hemos demandado no?

Y si no es así?como podemos verificar que han hecho todo de forma correcta?

tenemos que contratar otra vez a un arquitecto para verificar?mas gastos......y si una vez terminen todo lo que les hemos requerido y las filtraciones siguen estando y tal, qué podemos hacer entonces?¿?¿?

otra vez demandar gastarnos más dinero para que se vuelvan a allanar?¿?

gracias y disculpad por el tostón o sino me explico bien del todo pero no soy abogado.

Gracias
¿quién paga las costas y gastos?
20/01/2011 19:49
Si no corresponde a este subforo disculpad !

Resulta que la cmdad prop. demandó a la constructora de la finca por defectos construcción (filtraciones agua, etc....).

Resulta que ahora nos indican que la constructora al recibir la demanda, se ha allanado por lo que en principio nos da la razón sin más y sin ir a juicio, con lo que los 10.000 eur que nos hemos gastos en informe arquitectos , etc.... al haberse allanado nos dicen que no los van a pagar.

¿Es esto así?

Vamos que como al final la constructora sabía que si demandabamos perderían, por lo que para ahorrarse ir a juicio y además de pagar lo demandado tener que pagar las costas de ambos, lo hacen así....... nos toman el pelo no?

¿Y contra esto no se puede hacer nada?

Se les requirió (burofax) mucho antes de demandarles todo lo que tenían que solucionar y no lo hicieron, esto no es requerimiento fehaciente?

Gracias