Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Quien paga esto?

6 Comentarios
 
¿quien paga esto?
17/12/2014 00:46
Buenas noches, resulta que los contadores de mi casa estan en el portal, el de agua tiene una fuga justo en la tuberia del contador.
La comunidad tiene un seguro que pagamos todos los vecinos pero se desentiende del problema.
La compañia del agua también pasa.
Yo tengo un seguro de la casa de continente y contenido, pero preferiría no llamarlos porque me subirán el precio si doy un siniestro que además debería estar cubierto por el seguro comunitario del edificio, que es donde están las tuberías o la compañía de agua.
El caso es que solo daría cuenta a mi seguro si supiera que los demás no tiene obligación de repararlo.
Alguien me puede decir que seguro debe correr con los gastos de esta reparacion?
Como puedo saber que parte corresponde a la comunidad, a la compañía del agua o a mi si es en el portal la fuga de agua?
muchas gracias
17/12/2014 17:13
Si la avería está en lugar visible, no lo cubre ningún seguro. Esto es así porque el propietario tiene el deber legal de conservación. Art. 9.b
17/12/2014 19:14
No dice si se trata de un único contador comunitario o de contador exclusivo de su vivienda.
En el primer caso, repara la comunidad.
En el segundo caso, repara usted.
17/12/2014 21:13
Campo 450. Usted no dice qué daños está reclamando exactamente.


Lo que está claro es que la obligatoriedad de pago de los recibos de agua es extensiva a los casos en los que los consumos de agua se hayan originado por fuga, avería o defecto de construcción o conservación de las instalaciones interiores.


Todo abonado está obligado al pago de los cargos que se formulen con arreglo a los precios que tenga aprobados en todo momento la Entidad suministradora, así como aquellos otros derivados de los servicios específicos. (Artículo 10 Decreto 120/1991)


Si la Compañía se los ha girado a usted, probablemente será porque a usted le corresponde su pago, habida cuenta que la instalación que hay a partir del contador de agua, es privativa.


Saludos.
17/12/2014 23:23
Buenas noches, parece que no lo he explicado bien.
Lo explico.
El contador de agua es individual de cada propietario, yo pago un alquiler en cada recibo de agua a la compañia suministradora.
De él sale la tubiera que despues llega a mi casa, en esa tuberia es donde hay una pequeña fuga de agua.
El contado y dicha tuberia están dentro del cuarto de contadores que pertenece a la comunidad del que salen todos los contadores de los que vivimos en el edificio.
Este edificio tiene un seguro por el continente que segun creo es el que deberia repararlo puesto que no está en mi casa sino en zona comunitaria, concretamente en el portal.
Por eso pregunto quien debe hacerse cargo del arreglo.
Espero que ahora me haya explicado mejor.
Tambien me gustaria saber si el seguro comunitario sobre el continente cubre lo mismo que el que yo tengo tambien del continente (el básico) porque si es asi, estamos pagando el mismo seguro dos veces, por una parte la comunidad y por otra yo.
Gracias
17/12/2014 23:55
Hola Campo450

A partir del contador de agua o de luz cualquier averia que se produzca va a cuenta del propietario como dice el amigo canal, el Art. 9 de la LPH te lo indica ya que se entiende que son instalaciones privativas y no comunitarias.
Si tienes seguro mira en las garantias aseguradas lo tienes cubierto y pasa un parte.

Saludos pietro_284
18/12/2014 01:21
La empresa del agua, repara y se hace cargo de su coste, de las fugas que existan desde la calle hasta su contador.

Si la fuga se ha producido entre su contador y hasta antes de entrar en su domicilio, la reparación y el coste corre a cargo del seguro de la comunidad. Caso de que no exista cláusula en el seguro de la comunidad, sobre reparación de estas fugas, o no tengáis un seguro concertado, el coste de reparación será por cuenta de todos los propietarios, bien tirando del fondo de reserva, o bien, mediante una derrama extra.

Por último, si la fuga se ha producido en su propio domicilio, el coste de reparación será suyo, a no ser que tenga concertada una póliza de seguro, que se lo cubra.