Compré un piso en junio y en las escrituras pone que me lo venden sin deudas con la comunidad. Compruebo más tarde que deben un año y medio de esa comunidad. ¿Estoy obligada a pagarla? ¿Hay algún medio de hacer que los antiguos propietarios la paguen? Gracias.
Tendría que haber solicitado al vendedor un certificado de deudas de la comunidad y el Notario antes de firmar las Escrituras lo tendría que haber solicitado.
Pero no todos los Notarios cumplen la normativa.
Al no solicitar al propietario el certificado cuando compraste el piso as liberado al vendedor de su responsabilidad ante la comunidad, la comunidad puede exigiste y cobrarte las cuotas del año en curso y el anterior, sin perjuicio de que tu inicies acciones legales contra el l vendedor.
... cuando compré el piso yo eso ha sido un pedido inderogable por parte del banco que me dio el prestamo ...
que raro que no te lo habían pedido ...
ciao
Isidar :)
Si.
Hay un medio, para reclamar al vendedor.
Ha cometido delito de falsedad en documento público, al escriturar libre ce cargas.
Vd. obra de buena fe. El otro de mala.
Si la Comunidad tenia una deuda de ese propietario de un año y medio y no le habia puesto un monitorio en el juzgado previo reconocimiento de la deuda en Junta, tambien ha incurrido en responsabilidad.
Deberian hacerse cargo de esa deuda el Presidente y el Administrador. Un año y medio es mucho tiempo para estar con los brazos cruzados.