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Quebrantamiento de orden de alejamiento

4 Comentarios
 
26/06/2012 20:07
¿Ningún comentario más? Mañana tengo el juicio, mejor dicho, la audiencia.

La abogada me ha dicho que no es necesario presentar ninguna prueba y que con los testimonios de mi abuela y mi madre será suficiente para dilucidar el auto. Esto es así porque se va a juzgar un hecho puntual, ¿no? Entonces, por mucho que exponga la situación en su conjunto y lo complicado de ella, ¿al fiscal y al juez no les sirve de nada?

Por favor, comenten.

Muchas gracias.
21/06/2012 17:17
Hola a todos,

Muchas gracias por tu respuesta, katia. El juicio rápido tuvo lugar el pasado día 15 de junio, mientras yo estaba retenido en los calabozos del juzgado. Mi abogada me dijo que me interesaba no conformarme con la pena de 10 meses que se me ha impuesto, evidentemente. Así que el día 27 de junio tendrá lugar una audiencia donde, según mi abogada, podrán dar testimonio mi abuela en calidad de testigo y mi madre en calidad de víctima, y dice que también estarán los policías que me detuvieron.

He pasado por varios despachos y bufetes de abogados comentándoles el caso con el fin de obtener distintas visiones acerca de todo esto. Algunos no se han mostrado demasiado optimistas porque dicen que el Ministerio Fiscal va a muerte con este tipo de casos y lo miran todo con lupa. Sin embargo, mi abogada va a pedir mi absolución. Ayer presentó mi escrito de defensa en el juzgado y me ha dicho que la llame dos días antes para prepararlo todo.

Hoy he hablado con la trabajadora social que está llevando el tema de la convivencia en casa y le he comentado sobre lo que me ha pasado. Le he pedido que necesito un informe firmado por ella donde exponga cómo es la situación en mi casa y mi historial social como prueba que demuestra que, desde la distancia, estoy ayudando a mi madre y mi abuela. Pero me ha dicho que esos documentos no pueden entregarlos a personas particulares, sino que es el juez el que tiene que solicitarlos. Así que, ¿no hay más que esperar a que se celebre la audiencia y, una vez allí, solicitar que se pida el informe y el historial social? ¿O debe encargarse mi abogada de solicitarlo en el centro social y añadirlo a mi escrito de defensa? No sé si en el momento en que se celebre la audiencia habrá posibilidad de presentar esta prueba, ni siquiera si tendré la oportunidad de hablar para defenderme.

Quiero pensar que en la audiencia el fiscal y el juez comprenderán la situación y no me condenen solo por el simple y puntual hecho de haber cometido una imprudencia al sentarme plácidamente a liarme un cigarro en un sitio donde no se me permite estar. Y que tras escuchar los testimonios de mi madre y de mi abuela, que indudablemente irán a mi favor, sepan que la verdad es que yo estoy ayudando a mi familia y se den cuenta de que, en realidad, no tenía ninguna intención de acercarme a mi madre ni contactar con ella... y tampoco de que se arañara la frente aquella maldita tarde. Y espero que si les explico que vengo de una familia desestructurada, que la convivencia en casa es muy conflictiva, que soy un parado de larga duración y que tengo problemas de salud, comprendan que mi viaje a Alemania es justo el tipo de rehabilitación que necesito. Eso y dos o tres meses de terapia con un psicólogo para que con su ayuda aprenda a afrontar las responsabilidades que la vida me ha deparado y dejar de ser tan pasota... De momento, con este proceso, ya tengo una buena terapia de choque...

Espero algún comentario más por vuestra parte. Iré informando de cómo se desarrolla el asunto.

Un saludo y muchas gracias.
18/06/2012 16:43
Hola Charles_Xavier,

¿El juicio rápido se ha celebrado o es el que tiene el día 27?.

Si le tiene el día 27, tiene dos opciones o conformarse y que su abogada negocie con el fiscal para que la pena sea de trabajos en beneficio de la comunidad -el problema aquí puede ser su viaje a Alemania- o no conformarse y que pase a diligencias previas y defenderse en base a los motivos que usted indica; en este caso, sería conveniente que su abuela testificara sobre la llamada que le hizo para acudir al Centro de Salud y que usted únicamente acudió al Centro tratando de ayudar a su abuela y a su madre, no teniendo ninguna intención de acercarse u ocasionarle ningún problema a su madre.

Naturalmente, si elige la segunda opción va a depender de como entienda el juez la situación y la pericia de su abogada en su defensa.

Suerte y un saludo,
18/06/2012 00:29
Hola de nuevo,

he estado leyendo los post relacionados con el tema de la orden de alejamiento y, la verdad, estoy más que preocupado...

He podido ver que hay foreros, más o menos activos en el foro, que parecen entendidos en la materia. Por eso me gustaría recurrir a la ayuda de davidrr, lsd2, katia, alegato o cualquier otro forero competente para que calme un poco mi ansiedad y resuelva las dudas que tengo. Si necesitan saber algun hecho o dato más para poder darme una respuesta, pregúntenme lo que sea necesario. Agradeceré de todo corazón sus comentarios.

Un saludo
Quebrantamiento de orden de alejamiento
16/06/2012 01:31
Hola,

tengo 28 años y este es mi caso.

En abril de 2011 mi madre decidió volver a casa después de tres años viviendo en la calle de forma voluntaria. Mi abuela, la propietaria de la vivienda, aceptó acogerla. Así que ahora en casa éramos tres. Sin embargo, la convivencia entre nosotros siempre ha sido muy difícil. Por un lado porque mi madre no goza de buena salud mental, por otro lado porque mi abuela es una persona con escasa cultura y no entiende la situación, y en último lugar porque todos mis intentos por evitar las disputas entre ellas se ven frustrados a causa de la susceptibilidad y vulnerabilidad de mi madre o por la falta de tacto y percepción de la realidad mi abuela.

El 9 de agosto de 2011 hubo otra discusión. Mi abuela se marchó a visitar a su hermana y yo me quedé solo en casa con mi madre. Era una época de gran nerviosismo para mí. Me sentía muy estresado a causa de problemas con mi pareja y porque recientemente me diagnosticaron una enfermedad crónica. En cierto momento mi madre comenzó a increparme y yo perdí los nervios, de modo que la agarré del brazo, abrí la puerta de casa y le dí un empujón, echándola de la casa. La mala fortuna es que se golpeó la cabeza con el marco de la puerta de enfrente y se hizo una herida. Entonces bajó corriendo dando gritos y diciendo que le había pegado. Llegó la policía y me llevaron detenido. Pasé una noche y un día en el calabozo. Al día siguiente, vino mi abogado de oficio y me dijo que el Ministerio Fiscal me había denunciado y que el juicio rápido ya se había celebrado. Me dijo que tenía dos opciones: 1ª conformarme con la sentencia (acatar una orden de alejamiento durante 16 meses y un día, no aproximarme a ella a menos de 500m. y no poseer armas durante 2 años), y 2ª no conformarme e ir a un siguiente juicio, arriesgándome a ser condenado a una pena mayor. Yo elegí la primera de las opciones y me mudé a un piso de alquiler, a algo más de 500m. del domicilio donde vive.

A pesar de la orden de alejamiento, inevitablemente he tenido que encargarme de tratar con los servicios sociales para conseguir que, con la ayuda de una acompañante, mi madre se arregle los papeles y consiga la ayuda económica de la RAI.

El 14 de junio de 2012 mi abuela me llamó pidiéndome ayuda ya que la convivencia entre ellas es imposible, hasta tal punto de que se agreden físicamente. Me pidió que me acercara al centro social para sacar cita. Entonces, me acerqué al centro social, el cual está dentro del radio en el que no se me permite estar. Más tarde, decidí sentarme a liarme un cigarro en una avenida a 250m. del domicilio de mi madre, zona también prohibida para mí. Y, por desgracia, una patrulla de la Policía Nacional me vio y se acercó a pedirme la documentación. Pudieron comprobar que estaba quebrantando la orden de alejamiento, y yo alegué en mi defensa que venía del centro social y que no recordaba la distancia exacta a la que debía estar alejado. Así que me llevaron detenido otra vez.

He pasado un día y medio en los calabozos y la sentencia de este segundo juicio rápido ha sido 10 meses de prisión. La abogada de oficio me ha aconsejado que no me conforme con esta sentencia y que en el juicio que se realizará el próximo día 27 de junio alegue los motivos que me han llevado a quebrantar la orden de alejamiento: 1º que no era consciente de que había rebasado la distancia límite y 2º que no tuve más remedio que entrar en el radio de 500m. para poder pedir cita en el centro social. Y eso es lo que he hecho.

La abogada de oficio me ha dicho también que hay tres sentencias posibles en el juicio del próximo día 27 de junio: 1º que se me condene a 10 meses de prisión, 2º que consiga sustituir la pena de prisión por trabajos a la comunidad y 3º que se me absuelva.

Estoy muy ansioso porque no sé si alegando que tengo problemas de salud, que la situación en mi casa es muy difícil y que creía que estaba respetando la distancia límite de alejamiento valdrá para que me absuelvan. No me importa si tengo que hacer trabajos a la comunidad pero lo último que quiero es entrar en prisión. No sé si el quebranto de condena en este caso puede ser tomado como un delito imprudente y si pagando una multa se puede solucionar. Tampoco sé si en el próximo juicio el testimonio de mi abuela ablandaría el corazón de sus señorías y les hará ver el conjunto de la situación. O si el hecho de que tengo un contrato firmado de voluntariado para ir a trabajar a Alemania el 1 de agosto, el billete de avión ya reservado, el seguro médico ya listo y los papeles de mi enfermedad podrían llevar a la jueza a pasar por alto esta imprudencia por mi parte.

Por favor, espero una pronta respuesta. ¿Creen ustedes que hay posibilidad de que no vaya a la cárcel? ¿Cuánta posibilidad?

Mil gracias de antemano