Estamos en un procedimiento civil el cual se basa en el robo de un dominio de internet, por lo tanto se trata de un bien muy concreto y con poca jurisprudencia.
El problema se basa en la tasación de dicho bien:
- La parte demandada dice que dicho dominio no tenía valor alguno.
- La parte demandante dice que tiene un valor superior a los 100.000 euros.
- El dominio fue vendido a los pocos meses por la parte demandada en más de 100.000 euros, aunque argumentan que hicieron unos cambios.
- El juez solicitó un perito judicial para la tasación y dicha perito terminó la tasación indicando que NO podía/sabía valorar el bien.
Con toda esa información, el juez ha cerrado el caso dando la razón al demandante pero indicando que no hay indemnización porque el dominio no se ha podido tasar correctamente.
1º ¿Tiene esto alguna lógica? ¿Alguien tiene algo de jurisprudencia al respecto? Se me hace asombroso que ante la incapacidad de un perito judicial no se solicite otro peritaje judicial o se busque alguna solución neutral.
2º El tener un precio de venta real a los pocos meses (sin cambios significativos en el código), no debería tener más valor incluso que una tasación por ser una venta real?
En ningún caso el juez puede estimar una demanda omitiendo en sentencia el contenido económico que se le ha pedido, pues no está vinculado por el perito sino precisamente por la propia demanda; de forma que ha de aceptar el interés económico planteado por el actor, o dar menos, pero siempre con una explicación razonada. Si el juez no tenía claro cuánto podía ser la cantidad reclamada, podría haber echo uso de todos los enormes recursos que le da la ley para hacerse una idea. Le está prohibido expresamente y con todas las letras que se excuse en la confusión de los hechos o la oscuridad de los mismos para pronunciarse. Incluso la sentencia podría haber recogido un parámetro para la ejecución, como el de precio de venta promediado de esta clase de productos, y hasta ordenar la venta si hay acuerdo con el demandante. Por lo tanto, deben seguir ustedes en la brega judicial hasta obtener un pronunciamiento correcto.
Los jueces han estimado la demanda "parcialmente" porque dan una cantidad, lo que pasa es que es una cantidad de risa ya que dice que se devuelva el dinero del coste del registro (digamos 30 euros a modo de resumen, más intereses). Comentan que la tasación no se ha podido hacer y que la única cifra segura que ha perdido la parte demandante es la que pagó por el precio del registro y ese es el importe que imponen a la parte demandada. Un juicio por más de 100.000 euros y lo que imponen es una pena de 30 euros.
Y digo los jueces porque ha sido la audiencia provincial quien ha dicho eso, después de que en primera instancia el juez asignado no entendiera nada y archivara el caso.
Ahora ya solo queda casación ¿tiene posibilidades de cara a un Supremo el que se haya hecho tal atropello en cuestión de la tasación? ¿Debería haberse hecho una nueva tasación judicial si el perito no tenía los conocimientos necesarios? ¿Qué recursos se supone les quedaban para usar y no han usado?
Esto que usted pregunta requiere ver el asunto para poder responder en condiciones. Evaluar las sentencias (pues en primera instancia no se puede "archivar" un asunto que ha sido admitido a trámite) y, en definitiva, es mejor que lleve lo que tiene a un profesional para tener una segunda opinión, y para hacer un cálculo sensato de las posibilidades de éxito. La casación no es cualquier recurso, sino que hay que tener un muy buen nivel jurídico solo para plantearlo.
Digo archivar porque fue lo que pasó al intentar la via penal, en la vía civil el juez de primera instancia (que estoy seguro no entendió nada) lo que hizo fue desestimar la demanda.
Básicamente lo que me gustaría tener es algo de ayuda en jurisprudencia si hubiera un caso similar, donde se le da la razón en todo a la parte demandante pero como el bien no se supo tasar, pues se obvia y fin. Es que me parece clamoroso.
Es como si te roban una casa poniéndola a nombre de otra persona y el juez lo que dice es que te tienes razón con que la casa era tuya, pero que no la sabe tasar y que te devuelvan los gastos del registro de la propiedad, que es lo único que es objetivo que perdiste.