Si es "no a la orden" no se puede endosar y, por tanto, no se puede descontar en una entidad financiera.
Y si, encima, la entrega del pagaré tiene efectos liberatorios... (los tendrá cuando venza y, además, se haga efectivo)
Por tanto, te da un papel que le libera del pago y no asume riesgos con el impago, ya que tu no lo has podido negociar ni endosar a un tercero que pudiera reclamarle el pago.
El pago se realizará mediante pagaré NO A LA ORDEN a 90 días. Ambas partes pactan expresamente, que la entrega del pagaré, producirá efectos liberatorios del pago.
Los pagarés, que yo sepa son liberatorios una vez vencidos. Que significa exactamente esta cláususla.