Hace unos años, para ser más exactos, en diciembre de 2002, mi pareja y yo, nos compramos un piso de protección oficial, como para comprar esas viviendas es necesario unos requisitos, los dos juntos no podíamos acceder a la adquisición de esa vivienda, pero yo sola si, así que decidimos poner la vivienda a mi nombre y hacer la hipoteca a nombre de los dos.
Fuimos a un gestor y nos dijo que lo importante era que la hipoteca estaba a nombre de los dos y que era lo que debiamos desgrabar, así que eso fue lo que hicimos, desgrabar cada uno el 50 % de esa vivienda.
El problema ha venido ahora, mi pareja, a comprado un terreno para hacerse una vivienda, y esa será su vivienda habitual, así que fuimos a otro gestor para ver como debíamos hacer y nos a dicho que lo que hemos hecho hasta ahora esta mal, que si la vivienda no estaba a su nombre, aunque el prestamo si, debíamos corregirlo, si queriamos evitar un disgusto.
¿eso es cierto? ¿que hacemos? ¿que tipo de sanción vamos a tener?.
Aunque realmente la vivienda es de los dos, por eso se hizo el prestamo a nombre de los dos, aunque legalmente no sea así, mañana vamos a hacienda a presentar las nuevas declaraciones, lo que no se es que tipo de sanción abrá.
Supongo que para hacienda, que no se hiciera con mala fe, no cuenta, porque en mi caso, podría haber degrabado el 100 % de la vivienda y no lo voy a hacer.