Me declararé culpable de un delito de robo con fuerza por sustracción de 150 euros con tarjeta de crédito desde un cajero automático.
A la semana de cometer el delito, después de alimentar a mis 2 hijas y comprarles medicamentos, devolví los 150 euros a la persona a la que se los había sustraído.
Ahora, se me citará a un juicio por lo Penal con pena según el art.237 del CP de 1 a 3 años de cárcel.
Mi relación con la denunciante es de amistad y contará cómo sucedió todo.
¿Uds, como profesionales del derecho, qué pena aplicaríais teniendo en cuanta los datos de la situación?
¿Aplicarían una pena ejemplar a una persona por ser un buen padre? (3 años)
¿Aplicarían una pena intermedia? (2 años)
¿Serían benevolentes vista la amistad con la denunciante y el echo que no sustrajese 600 euros - que podría haberlo hecho - para alimentar a mis hijas? (1 año)
Si esto fuera cierto, que no lo dudo.................yo le entregaría la medalla al mejor padre del mundo,
aunque entiendo que hay otros medios "lícitos" para ser un buen padre y alimentar a los hijos.
Por ejemplo pedir ese dinero a esa amistad a la que se lo robó.
La situación es más difícil de lo que ud pueda saber, creer o valorar.
Para empezar, la denunciante no sabe ni qué es Kenia, ni donde está situada. Para seguir: dudo que esa persona en ese momento me diese el dinero. Estaba desesperado y NADIE, me aportó la ayuda necesaria.
Y para rematar la faena: sustraje 150 euros, tan solo lo necesario.P ude sustraer 600 o 1200 y no lo hice, y el dinero que saqué con la tarjeta lo devolví.
Y por último: a pesar de que la denunciante y yo hemos mantenido buena relación, hace 2 semanas que está enfadada conmigo porque me negué a que me hiciese una felación.