Por ejemplo, los jueces han admitido que es válido a efectos de notificación entregar la carta a un familiar que se encuentre en el domicilio, un portero, un vecino... En tal caso, ¿que pasaría si no entregas la carta y por tanto pierdes el juicio al no saber ni que existe?
¿Sería factible que el vecino asuma toda la responsabilidad? Por ejemplo, si te embargan la casa que el vecino tenga que pagarte una nueva casa.