Ni le denegaría el relevo, ni le pondría una multa, es por fuerza mayor que el presidente no pueda ocuparse de sus funciones.
Caso similar tuve hace años en una comunidad de propietarios, nombraron a un presidente sin estar presente, éste tenía un cáncer que le impedía ejercer sus funciones, de hecho pocos meses después falleció.
No hizo falta llevarlo ante el juez, era evidente que le iba a relevar del cargo.
Lo que yo haría, si el presidente solicita el cambio por esta razón, sería hacer una junta extraordinaria con el único punto de cambio de cargos de la comunidad. Sin más. Porque la otra opción es que el presidente pase de todo, bastante tiene con su enfermedad, y tengan problemas durante el año en caso de tener que hacer cualquier trámite que necesite su firma.
No creo que nadie en una comunidad normal se queje de un cambio por estos temas.
Es más, el presidente convoca una junta extraordinaria, está facultado para ello, y presenta su dimisión y elección de nueva junta de la comunidad y tengo serias dudas de que un juez diga que no es legal.
Si solicita relevo después de un mes, sencillamente no pasaría nada ya que lo solicita fuera de plazo. Tampoco tiene obligación de justificar nada a la comunidad, simplemente pasaría olímpicamente el año, y para la reunión ordinaria siguiente delegaría en algún familiar o amigo.