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Que pasa despues de poner una denuncia?

15 Comentarios
 
26/07/2011 21:28
Hola PulpoPaul.
A mi me dieron copia, y en ella iba la identificación del policía.

Me presente a denunciar,después de intentar que mi ex marido entrara a razón, pues denunciar no es fácil para quien como yo, no es amante de los jaleos. Pero no hay mas remedio a veces que pasar por estos momentos tan malos, cuando la cuestión es defender los derechos de nuestros hijos y los propios. El policía no entendía que las sentencias están para cumplirlas, incluso llego a decir que si mi hijo lo estaba pasando bien con su padre, pues a que denunciar, eso y mas. Presente la denuncia, pedí que le dieran un toque de atención al padre de mis hijos y lo que hizo el tal policía fue darle una palmadita a mi ex, yo alucinaba…hablaba con el como si hablase con un amigo, en ningún momento le dijo que tenía que traer al hijo a mi casa. Cuando colgó el teléfono, me queje de su aptitud y el como si nada. La consecuencia que pierdo mis quince días de disfrutar de mi hijo, y mi hijo pierde los quince días de estar conmigo, y quince días mas que tiene mi ex para decirle a mis hijos que lo voy a meter en la cárcel y mas cosas. Total que al final con ¿suerte? Estaremos mi hijo y yo, gracias al policía que no hizo su trabajo, 47 días sin vernos, y digo con suerte…si es que no son mas, se junta sus quince días con mis quince días, y vuelta a empezar con los otros quince días y como el mes tiene 31 pues ahí esta el pico…

Hoy he ido al decanato, en el juzgado, la denuncia no la había presentado el policía, y de ahí al juzgado que estaba de guardia, suerte que la persona que me ha atendido un encanto, concienciada de cual es la situación, ha telefoneado y le dicen que es problema de agenda, y que ya la semana próxima mandaran la denuncia, y en el juzgado le han dicho que no, que la denuncia tiene que estar mañana a primera hora en el juzgado. Así que así estoy, hay gente muy valida, pero otra…yo la verdad que en mi caso por suerte han sido los menos, pero hay algunos como el tal policía que opinan de lo que no tienen que opinar y hacen lo que les da la gana. Incluso llego a opinar de lo que debía mi ex marido en pensiones, como si fuera algo sin importancia.

Se pasa mal, la verdad que esta situación es muy mala, y los grandes perjudicado los hijos, l@s que no nos queda otra de poner las denuncias...y el tozudo que contar de fastidiar, se va a fastidiar también el.

Un saludo.
26/07/2011 20:44
Isa32, un factor a tener en cuenta en estos temas es que los gastos que se puedan originar por procesos civiles, si se presenta una demanda clara, de esas que son de Perogrullo, yendo a tiro fijo, y su abogado lo solicita, todos los gastos, decía, pueden repercutir en la otra parte, la demandada.

Por otra parte, para beneficio de todos, habría que tener en cuenta dos consideraciones:

1.- Estamos en una crisis, nuestros gobiernos tienen mucho que ver con ella, independientemente de cuestiones internacionales. Son ya muchos los que no pueden pagar pensiones. Yo pediría mesura a la hora de denunciar, sobre todo si se tiene constancia de que el que no paga es porque no puede, las denuncias originarán ciertas actuaciones que no llevan a ninguna parte en estos casos, pero que entorpecen más si cabe la acción de un sistema judicial ya tetrapléjico de por sí.

2.- Cuando hay motivos claros, no tener miedo, actuar con contundencia, recordar que se están defendiendo los derechos de unos hijos, no ya los nuestros propios y esto es una obligación que escapa a nuestros deseos o pareceres. Estamos obligados a, independientemente de nuestros pareceres o nuestra bondad.


Salvo mejor opinión

Un cordial saludo
26/07/2011 20:43
Hola:

Isa32, la secuencia es la siguiente, más o menos, con algunas ligeras variantes y sin perjuicio de algún que otro despropósito. Se interpone la denuncia, si es en la policía ésta da traslado al juzgado. El juzgado puede desecharla por improcedente y no pasa nada, aunque es raro en estos temas que requieren ser investigados. Este tipo de denuncias cursan siempre como delito, a priori, y suelen salir bastante rápido en muchos juzgados. Bien, decíamos que se admite a trámite la denuncia. Se procede a citar a las partes, denunciante y denunciado, separadamente, con los apercibimientos de ley, a veces, saltándoselos. Al denunciante para corroborar la denuncia y dar mayores explicaciones si procede. Al denunciado para que dé explicaciones y se defienda. Al denunciado, en la citación, se le advierte que es un delito, a veces se le comunica un delito que no tiene nada que ver con el 225 bis CP, y que ha de presentarse asistido de letrado que si no puede pagarlo se le asignará uno de oficio, etc. Si el denunciado, previsor, va a solicitar un abogado de oficio al SOJ le largan con un: “No se preocupe que antes de la vista le pondrán uno”. ????. Si, claro, 10 minutos antes para que no dé tiempo razonable a preparar la defensa, otra violación más de derechos constitucionales. Si el denunciado tiene la suerte de demostrar que le están acusando de algo falso o, lo que suele ser lo mismo, la denuncia es un despropósito mayúsculo no habrá juicio y se entiende que la denuncia no ha prosperado. Se puede esperar sentado a enterarse de esta cuestión, no la comunican. Eso sí, al acusado le causan perjuicios y le alteran la vida, máxime cuando trabaja y reside en el extranjero, hasta puede que le declaren en rebeldía sin comerlo ni beberlo, y al denunciante no le pasa absolutamente nada, no hay sentencia o similar sobre la que sustentar, ergo, no hay denuncia falsa. Si después de la vista hay bases, se procede a juicio y se cita a denunciante y denunciado a él.

Por cierto, hay un error muy común, pagar parcialmente no justifica casi nada, el pago parcial se asimila con el “IMPAGO TOTAL”, da lo mismo que lo mismo da, esta cuestión está muy clara desde el punto de vista doctrinal, hay excelentes artículos al respecto del 225 bis CP expuestos por catedráticos en derecho. El pago parcial sólo sirve para demostrar buena fe sí y sólo sí no existe dolo, que pudiendo pagar no se pague. No se pagó todo porque no se podía, pero se hizo lo que se pudo. Ojo para el espabilado o espabilada de turno que pretende zafarse del delito pagando sólo una parte de la prestación.

En cuanto a que se pague los cinco primeros días o no, no suele ir a mayores si se paga antes de los dos meses consecutivos o los 4 no consecutivos, es decir, mientras no se caiga en impagos de esta naturaleza no existiría delito. Aunque civilmente sea reclamable la cuestión mediante ejecución de sentencia. El que sea rentable o no queda a criterio del consumidor de justicia.

Un comentario para Brigida. Mire usted, cuando se interpone una denuncia, lo primero que hay que exigir es una copia de la misma, con su certificado de denuncia, en estos documentos tendría que figurar, muchas veces no lo hacen, hasta el número de agente que tramitó la denuncia. Lo normal es que se dé traslado al juzgado el día hábil más próximo al de la interposición de la denuncia, como mucho, si usted interpone la denuncia un viernes, el lunes. Sin perjuicio de que se requiera en algunos casos de intervenciones más rápidas. En faltas suele ocurrir de esta manera, que se ponga en conocimiento del juzgado el lunes, por ejemplo. Me alegro que desde el juzgado les hayan cantado las cuarenta, máxime cuando, por lo que cuenta, pudiera mediar delito. Y cierto, no hay que tener miedo cuando de lo que se trata son de derechos básicos que además están amparados por ley, aquí nadie mete a la cárcel a nadie, a quien Dios se la da San Pedro se la bendice. Sin perjuicio de otras consideraciones que incluyen la existencia en este país de leyes anticonstitucionales que posibilitan accionares legales ajenos a un estado de derecho.
26/07/2011 19:03
Hola isa32.
Mi caso es como por desgracia el de muchas de vosotras… con sus matices… pero en la base lo mismo, un ex que no se hace responsable de cumplir con sus obligaciones y pisa derechos.
Desde las provisionales no cumple con los gastos extras, cumplía con las pensiones, pero desde el principio de la sentencia de divorcio, sigue sin pagar extras y los tres primeros meses pago dos terceras partes de lo que son las pensiones, a partir de ese momento …con nada…da mi ex, CERO céntimos. Decir que su situación económica es la misma que tenía cuando se dicto sentencia. El da solución a mi vida…me puedo ir a vivir con el, y el nos da de comer a los tres, o puedo renunciar a lo que hay reconocido en sentencia, y mirad yo no estoy ni por una cosa ni por la otra.
Me crea ansiedad, y me ha costado y me esta costando dar pasos, pero he puesto una ejecución de sentencia, me debe bastante dinero, y yo debo dinero que me han dejado, y he vendido mis joyas. Y una forma de el, de seguir haciéndome presión, es hacer con nuestros hijos lo mismo que hizo durante años conmigo, manipulación, aprovechándose de los sentimientos de cariño que yo le tenía y que al día de hoy le tienen nuestros hijos. Les dice que yo le voy a meter en la cárcel y mil cosas mal, el no quiere, por querer creo que ni se quiere el, pues si se quisiera, cumpliría y se olvidaría de seguir fastidiando, que es lo que hace, contar de salirse con la suya. Llevo muchos días sin ver a mi hijo, pues no lo atraído siendo el periodo vacacional que corresponde estar conmigo, y eso es algo que ya no se recupera. He puesto una denuncia en la guardia civil, y hoy me entero que habiendo pasado mas de una semana, ni la han cursado, he tenido que ir al juzgado a infórmame y desde allí, han llamado y le han puesto las pilas a quien no curso la denuncia, pues es un derecho, que yo este con mi hijo, yo quiero que mis hijos tenga a su padre, pero el padre quiere que mis hijos no me tengan a mi, su madre.

Las sentencias están para cumplirlas, y nosotras estamos para velar por los derechos y el bienestar de nuestros hijos, quien lo entienda bien y sino también.

¿Miedos? Isa32, si…el miedo es libre, y ante actitudes que no son normales, como la de un ex especial, normal tener precaución. Pero con miedo no se avanza, y yo desde luego no me puedo permitir renunciar a lo que hay en sentencia, y desde luego que pretendo avanzar.

Mucha suerte, pero de la buena.

Un saludo
26/07/2011 18:32
Yo interpuse una denúncia por lo civil y se la hicieron llegar a su abogado anterior y éste a él. Luego movio el papeleo el abogado actual.
Comentarte que le puse una denúncia penal, él está fuera del país, y en la denúncia me pidieron sus datos. Les dí, dirección, teléfono, mail y todos los datos de su nueva empresa. Ellos se ponen en contacto con él. Yo lo tendré crudo porque está en otro país, pero si tu ex está en España, estate tranquila que lo localizan, si tú tienes datos de él hazlo constar todo en la denúncia.
Por otra parte, no sé que llevaran todos los abogados, pero yo por la demanda civil tuve que pagar 600 de abogado más 200 al procurador. Haz tus números y si supera la cantidad, presentala.
No tenemos que tener miedo a la reacción de los ex. Ellos firmaron un convenio y si no cumplen porque no pueden que hagan modificación de sentencia. Lo que no se puede hacer es decir, yo pago esto y punto. Lo único que podemos hacer es denúnciar. Nuestros hijos se merecen que luchemos por ellos.
26/07/2011 18:15
Aunque parece que la cuantía a reclamar sea muy pequeña respecto al coste del procedimiento judicial (puede no compensar económicamente...)

Siento mi mala interpretación de lo que he leido, efectivamente en eso lleva razón a veces las costas superan a la cantidad adeudada, y no se si en todos los casos le haran pagar las costas al demandado.
26/07/2011 18:10
Me ha dicho una amiga que puso una denuncia a su ex por impago de pensión, que le pidieron el número del movil de su ex para notificarselo y que se pasara por el cuartel para notificarle que habia sido denunciado, no se el tiempo que tardaron pero a mi me da miedo su reacción porque no se espera que sea capaz de denunciarle.
26/07/2011 18:08
MR Viesca sólo ha dicho que si es por un retraso del pago de la pensión es una tontería. Y dice que el retraso quiere decir que no lo pague del 1 al 5 de cada mes. Si lo que lleva es varios meses sin pagarlos por supuesto que procede denuncia.

hay que leer.....
26/07/2011 18:03
La cuantia es de 200 euros mensuales desde enero de este año, el dia 1 de agosto seran 1600 euros, tal vez para ústed puede que sea poco dinero para mi es mucho señor José Ramón Viesca, ademas de los gastos extras, de dentista que no los ha pagado nunca, pero bueno yo con la pensión me conformo. El tiene un negocio, y por llegar a un acuerdo de pagar a plazos los meses impagados, ya van casi 8 meses.
Brigida ojala ingresara la mitad de la pensión el dia 30 del mes, mira hasta el punto que llego con que pague algo y cuando quiera.
Un saludo.
26/07/2011 16:59
La cuantía que dice José Ramón que es tan pequeña, a la mayoría de madres nos parece un mucho, ¿Por qué?...pues porque la mayoría no andamos sobradas, es mas andamos escasas de recursos económicos, y somos madres…pero no tenemos porque ser prestamistas de nuestros ex…que ser padre da derechos…pero también obligaciones, y por desgracia, a mas de un padre se le olvidan esas obligaciones, obligación de cumplir con lo que hay en sentencia, alimentación y gastos extras de los hijos. Eso si cuando hablan de derechos…se les llena la boca…pero se les llena la boca de querer tener ellos derechos, no que sus hijos los tengan, por tanto el significado que le doy a lo que esa clase de padre quiere es…pisar derechos.

Si no tiene abogado, creo se lo comunicarán mediante carta certificada.

A lo que dice José Ramón, si es que no ingresa del 1 al 5, suerte tienes de que ingrese en el mes la pensión. Ahí creo que poco harán en el juzgado, y mas vale dejar la cosa tranquila. Si es cuestión de que debe meses de pensión, pues ejecución de sentencia...que le llegara con sus consecuencias.

Un saludo
26/07/2011 11:31
Si Vd. denuncia le comunican a él directamente que pasa por el juzgado o realizar diligencias judiciales para el procedimiento xxxx tal día a tal hora (o de tal hora a tal hora) advirtiendole si es o no necesario que lleve abogado (no es necesario si se considera falta, sí es necesario si se considera delito)

Si lo que denuncia es únicamente que no pagó alimentos antes del día cinco no procederá denuncia (sería necesario que no hubiera ingresado nada de la mensualidad dos meses seguidos o cuatro no consecutivos)
Si desea reclamar el retraso en el ingreso (los intereses) deberá promover ejecución de sentencia, con abogado y procurador. Aunque parece que la cuantía a reclamar sea muy pequeña respecto al coste del procedimiento judicial (puede no compensar económicamente...)
26/07/2011 11:06
Pero cuándo os separasteis e hicisteis el convenio de divorcio, tendría, no? Seguramente se lo enviaran a él. Yo cuándo lo denuncié se lo enviaron a su nuevo abogado, supongo que se lo enviaron al del convenio y éste a él. No sé, pero bueno lo importante es que de una manera u otra ya le llegará, por eso no te tienes que preocupar.
26/07/2011 09:32
Buenos dias, que yo sepa no tiene abogado, nos separamos hace 9 años y desde entonces no tengo constanica de ningun abogado.
Tiene del 1 al 5 para ingresar la pensión si no lo hace, le denunciare.
Un saludo.
26/07/2011 09:23
Coincido con Brigida, le llegará al abogado de tu exmarido.
25/07/2011 21:48
Creo que le llegará por el abogado de el, eso suele suceder unos días antes de que sea oficial, puesto que el procurador le pasa esa información al abogado, y el abogado a su cliente en cuanto esta metida la denuncia en el juzgado.

Un saludo
Que pasa despues de poner una denuncia?
25/07/2011 20:40
Hola a tod@s, cuando se pone una denuncia por impago de pensión de alimentos, como se le comunica al denunciado?
Un saludo