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¿que más pruebas se pueden aportar y si estas dos que tiene serán suficientes?

8 Comentarios
 
¿que más pruebas se pueden aportar y si estas dos que tiene serán suficientes?
24/05/2012 09:17
Hola,
Tengo una amiga, inquilina en un piso. Paso a explicar la historia brevemente, por si alguien puede ayudar con alguna idea:
Hace aproximadamente 3 meses el propietario le demandó por impago de dos mensualidades facturas de gas y electricidad. El impago se produjo por un atraso en las nóminas, pero enseguida que la empresa pagó, ella también pagó todo lo atrasado, después ha llevado los justificantes en el juzgado y le han comunicado que el asunto ha sido archivado.
El problema es que el propietario se ve que se asustó por el impago, aunque ella en cada momento ha dado la cara y ha explicado el motivo de atraso, y ha dado la orden a la compañía de cesar los contratos de electricidad y gas.
Después de pagar, ha tratado de suspender el corte de suministros y ha podido solo con la electricidad. El contrato de gas ha sido cesado y se han quedado en casa 3 meses sin suministro, aunque ahora ya se ha hecho un nuevo contrato y otra vez tienen gas.
Ella ha puesto una denuncia, pero el dueño ha declarado que no es el culpable y no ha llamado a nadie, ni sabe porque han cortado el gas. El juez salio con un Auto que por falta de pruebas desestima la demanda. Han recurrido y están en espera de resultados ya 1 mes. Como prueba tienen una conversación grabada con la compañía donde le indican la fecha, la hora y el TEL desde cual se ha dado la orden de cese de contratos(que es le móvil del dueño) y también tienen una carta que le mandaron en casa, donde pone, que en tal fecha el contrato de suministro de gas será terminado y el motivo: cese de contrato.
Bueno, mi pregunta es ¿que más pruebas se pueden aportar y si estas dos que tiene serán suficientes? Su abogado no le da más ideas, tampoco sabe si esto es suficiente para convencer el juez, ni le da ninguna esperanza. En el mismo momento, le dice que necesita una condena por lo penal (faltas), para poder defender el caso en un proceso civil y obtener seguro indemnización.
¿Lo vies de la misma forma?
Gracias por vuestras opiniones.
24/05/2012 10:12
Dices: "Ella ha puesto una denuncia..." y después "desestima la demanda".
¿Hablamos de un procedimiento penal o civil?.
Suponiendo que es penal (eso parece), y se ha recurrido el Auto de archivo, hay que esperar a ver lo que se resuelve. La resolución será: o que continúen las actuaciones, en cuyo caso podrás presentar "todas" las pruebas de que intentes valerte; o que el Auto está bien dictado, en cuyo caso se archiva la denuncia.
Respecto a si las pruebas presentadas son suficientes, depende del criterio del Juez.
No obstante, sin necesidad de condena penal, puedes acudir a la vía civil, reclamando los daños y perjuicios producidos. El arrendador no puede interferir en los derechos del arrendatario y bien sea por culpa o por omisión, es responsable de los daños que se le produzcan a éste.
24/05/2012 16:10
Hola Tripoli,

Gracias por tu opinión.
Efectivamente estamos hablando por ahora de un procedimiento penal. Su abogado trata de obtener una condena por lo penal, para que le sea más fácil después para el civil. Por lo visto, pero no podrá, ya que acaban de comunicarle a mi amiga que el fiscal se opone a que siga el procedimiento y se espera que el juez archiva la denuncia.
No lo entiendo ¿Acaso basta con ir y decir "No, no soy culpable" y ya está? ¿Como puede demostrar mi amiga que no es verdad, presentar sus pruebas, etc. si no la quieren ni escuchar?
¿Por favor, nos puede ayudar alguien con alguna idea, que se puede hacer a partir de ahora? El abogado no se quiere arriesgar con un juicio por la vía civil, porque dice que perderemos (por no poder demostrar la culpabilidad) igual que ahora y entonces estará condenada a costas, dice que son unos 5000€ en estos casos de juicios, de los que ella no dispone.
O sea, la han dejado 3 meses si suministro de gas. Tiene una Carta por escrito y otra grabación, confirmando que ha sido el propietario causante de todos estos problemas y al final nada.
¿Por favor, si alguien tiene alguna idea?
Gracias

25/05/2012 11:25
Si hubiera una condena penal, en la misma se deberían establecer las responsabilidades civiles correspondientes, por lo que ya no sería necesario acudir a la vía civil.
No obstante, como parece que la denuncia penal va a quedar archivada, tienes la opción de acudir a la vía civil, como ya te comenté en otro post.
Solicita a la empresa suministradora que Certifique quién solicitó la interrupción del suministro.
Si certifican que fué el propietario, inicia un pleito civil, concretando claramente, tanto la cuantía de la indemnización que pides como los motivos de establecer dicha cuantía.
Las costas dependerán de la cuantía solicitada. Me parece totalmente desproporcionado indicar 5.000 € de costas.
25/05/2012 13:05
Gracias por tu respuesta.
Como puedo solicitar a la compañía que certifique eso? Mando un burofax a su dept. de Atención al Cliente?
Por otro lado el contrato era al nombre del propietario. Ya unas cuantas veces se han negado atenderme, porque dicen que no soy el titular del contrato.
Gracias por tu ayuda ya me gustaría tenerte de abogado...
28/05/2012 10:26
Por favor, Sr. Tripoli, cree UD. que me van a dar cualquier tipo de información si no soy el titular de contrato?

Si a alguien se le ocurre alguna otra forma de demostrar eso?

Gracias
29/05/2012 11:15
Si no lo solicitas no te lo darán (posíblemente si lo solicitas tampoco).
Si no consigues el Certificado indicado anteriormente, puedes presentar demanda civil (tienes que tener muy clara la cuantía de la indemnización y poder probarlo), y solicitar mediante "Otrosí" que por el Juzgado se solicite dicho Certificado, dado que no está en tu mano conseguirlo.
Dependiendo de la cuantía de la demanda (Ordinario o Verbal), necesitarás Abogado o no. Si es obligatorio él te aconsejará en todo momento. Si no es obligatorio y haces las cosas bien, aunque pierdas el pleito no deberás abonar costas.
29/05/2012 16:34
Cuando de hace un contrato de arrendamiento, se va con el contrato y se dan de alta los suministros de gas, electricidad, teléfono, etc. Y al finalizar el contrato de arrendamiento se dan de baja. Otra cosa es que por economizar, se llegue a un acuerdo entre el propietario y el inquilino para no pagar gastos y se mantengas los contratos a nombre del propietario. El propietario ha visto que no pagaba y ha mandado cortar el suministro, luego ha vuelto a mandarlo establecer, pero el tiempo que le lleve a la compañía suministradora es cosa de ellos o habría que demandarlos a ellos si se han demorado demasiado. El dueño NO tiene obligación de contratar los suministros.
29/05/2012 16:56
Lo siento, pero en mi contrato no pone semejante cosa - que tengo que dar yo de alta los suministros. Es más pone bien claro que el piso se entrega con todos los suministros en alta y nada de facturas pendientes anteriores de la toma de posesión. Según LAU -que tuve que leer - tampoco pone esto que UD Sr. Riar comenta. A lo mejor UD. se refiere a que antes de firmar un contrato hay que ponerse de acuerdo, pero en mi caso no ha sido así. Por otro lado, no se pueden cortar los suministros o dar de baja los contratos, por que así se le antoja al quién sea. El abogado que tengo me dejado bien claro que el propietario se ha comprometido de tener el piso en condiciones, mediante el contrato de alquiler. Es correcto lo que UD. dice que le ha entrado miedo. Pero lo que pasa es que su daño ya se ha reparado, porque yo ya he pagado lo que tenia atrasado, ¿y el mío? Voy a hacer todo lo que dice el Sr. Tripoli, al quién le doy las gracias.
Ya he llevado todo lo que tengo a mi abogado, que se ha puesto a calcular la indemnización y buscar jurisprudencia. Espero poder ganar, ya que lo ha pasado tres meses fatal.
Les seguiré informando, cuando hay alguna novedad.

Gracias y un saludo: