Buenas tardes mirian52. esta mañana he estado hablando con funcionaria del Decanato del Juzgado donde han ocurrido los hechos y me ha dicho y ha dicho:
Presente escrito de denuncia y las fotocopias que desee aportar, en fase siguiente me llamarían a tomarme declaración y entonces debería de exponer como y de que manera hacerlo.
Perdone que sea tan profano en esta materia, es posible que yo esté hablando de una fase y usted de otra, como ya le he dicho anteriormente me ha costado mucho conseguir las pruebas del Banco de España y INSS, los certificados es lo de menos se conseguirian facilmente y el testamento también y últimas voluntades, no obtante si no hay otra forma así lo tendré que hacer, pero me van a hacer falta en hacienda y no se como hacerlo ¿que le parece lo que me ha dicho la chica del Decanato?.
Cada vez estoy más liado y no se como hacerlo, muchas gracias por su generosidad y paciencia, tal vez vea en mi una persona desconfiada......No lo soy, pero me han pasado ya tantas cosas que no se como acertar.
Reciba un cordial saludo
Bueno Luilli... perdoneme.. era un poco de broma lo que le pedia a Richd de que le aconsejara el juzgado ese...
Sigo insistiendo que en los juzgados son los documentos originales los que hay que aportarse.. y que la mayoria de los secretarios.. por nod ecir todos..son reaccios a conpulsarlos.... maxime si son documentos que se pueden obtener nuevamente (cert. nacimiento..ultimas voluntades.etc..etc.)
Con las demandas se aportan documentos importantes... escrituras de propiedad...pagares..teatamentos olografos...contratos etc..etc.. y no se pide por los que las presentan el desglose hasta que el pleito termina... y en las querellas por ejemplo..pasa lo mismo, los documentos son originales....
quizas estaria la peticion justificada si un documento en concreto se necesita para otro pleito... caso que sucede con la escritura de poder del procurador por ejemplo...
Buenos días, estoy leyendo con mucha atención sus intervenciones y observo ciertas discrepáncias.
Hay una intervención de mirian52, que dice:
"Richd... deberia aconsejar a Lluilli en que juzgado se cumpulsan los documentos y se devuelven al presentar la denuncia... y que la presente alli... luego desde ese juzgado ya los enviaran al competente..."
La cual no entiendo la interpretación y me gustaria me aclarase por favor ese extremo.
También si me permiten la opinión, dudo que el secretario judicial se preste a eso a petición mía (no soy letrado ni mucho menos), y siendo así qie se resistiera ¿que me aconsejan ambos de hacer..?
Un saludo
A mí (a mi procurador) se lo han hecho así (a petición mía) en un Juzgado de lo Contencioso y en otro de Instrucción, por temas distintos. Y no hubo problemas...
no niego que se hayan perdido documentos en algun juzgado... pero que un secretario de entrada devuelva los documentos originales acompañados con la denuncia y compulse las copias... siendo ademas documentos tales como certificaciones de nacimiento etc..etc.. es muy raro...
Richd... deberia aconsejar a Lluilli en que juzgado se cumpulsan los documentos y se devuelven al presentar la denuncia... y que la presente alli... luego desde ese juzgado ya los enviaran al competente...
"No se si las personas que han contestado con anteriooridad son letrados... pero me gustaria que alguno diera su opinión sobre si en los juzgados de instrucción dejan copias con las denuncias y devuelven los originales cuando se presenta una denuncia... porque yo eso no lo he visto en ningun juzgado... "
miriam, no es algo habitual por la sencilla razón de que los abogados (y particulares) presentan los originales -por comodidad- , sin más, pero que si los compulsan con fotocopias son igualmente válidos a todos los efectos, es también cierto.
En algunos juzgados se han llegado a perder documentación, acarreando luego problemas impensables, y hablo de originales irrecuperables...
PUES SI TODOS ESOS DOCUMENTOS SON RECUPERABLES DADO QUE SON CERT. DE DEFUNCIÓN..ULTIMAS VOLUNTADES ETC..ETC.. no se los van a cumpulsar en el juzgado donde los entregue...
reitero que los jueces que quieren documentos originales... y que será dificil... primero.. que le atienda el secretario del juzgado... ya sea de guardia..decano etc... y que le diran que cuando termine el procedimiento... podrá pedir el desglose de dichos documentos...
Pero bueno... es usted libre para solicitar lo que estime conveniente... y espero que donde entregue la denuncia hagan lo que usted pide...
No se si las personas que han contestado con anteriooridad son letrados... pero me gustaria que alguno diera su opinión sobre si en los juzgados de instrucción dejan copias con las denuncias y devuelven los originales cuando se presenta una denuncia... porque yo eso no lo he visto en ningun juzgado...
Hola a todos:
Quisiera en primer lugar, agradecer todas y cada una de sus intervenciones por la ayuda que en ellas van implícitas.
Teniendo en consideración todo lo anterior les diré como lo quiero hacer por si tuvieran alguna objeción y me la dijeran será:
1º.- Preparar por duplicado escrito de denuncia y documentos de prueba.
2º.- Dirigirme con esos documentos al Juzgado correspondiente donde han ocurrido los hechos.
3º.- Preguntar por en secretario judicial para que me compulse los documentos, aportando los duplicados (2) y los originales.
4º.- Una vez compulsados, pediré me registren(como dice Richd) el escrito de denuncia (3 folios) y el resto de documentos, con el sello del Juzgado.
5º.- Dejaré los las fotocopias compulsadas y los escrito de denuncia y me llevaré los originales.
Creo que efectivamente como dice nuestro amigo Tirior, no merece la pena arriesgarse a que sea impugnado por la otra parte, además pensándolo bien, es cierto que tengo "cierta amistad" con el secretario de Juzgado de Paz y con algún funcionario del Ayuntamiento, pero no es menos verdad que al ser persona conocida tendría que pedirle por favor me lo hiciera y a su vez le debería una explicación, y la verdad es que el tema es muy, pero que muy desagradable y encima la otra parte también es conocida de estos.
Así pues decididamente como anteriormente relato haré, por favor os pido si en la forma que enumero (la presentación) vieseis algún error me lo hicierais saber.
También considero pertinente consignar en el escrito de denuncia los documentos que se aportan, su numero etc,etc......
Para mirian52, los documentos que aportaré desde luego que todos ellos son recuperables aún perdiéndolos el Juzgado, (cosa que no creo ocurra pero tampoco descarto) pero son fruto de una intensa labor de investigación, Testamento, C. Últimas voluntades, C. Defunción, C. de matrimonio, y un sin fín de documentos bancarios obtenidos a traves del servicio de atención al cliente unos y otros a través del Banco de España, Ministerio de Defensa, INSS,llevo en este asunto año y medio para conseguir las pruebas que describo y aunque podría volver a obtenerlas, me llevaría quién sabe cuánto tiempo y si los funcionarios que amablemente (algunos) me han atendido, lo harían de nuevo otra vez. Y la güinda la pongo diciendo que, casi todos ellos una vez concluido (si fuera viable la denuncia) o sustanciado la acción criminal, debería de aportar en juicio de testamentaría muchos de ellos, de ahí el temor a que se perdiesen o similar.
Vuelvo darles a todos ustedes las gracias y quedo a la espera de sus respuestas, ya que lo tengo todo preparado para presentarlo a primeros de septiembre y ya está cerca.
Un saludo cordial a todos.
Que documentos pueden ser esos que no se pueden aportar con la denuncia....
normalmente los documentos que se acompañan con las denuncias..demandas etc..son los originales...
No creo que te vayan a devolver los documentos ooriginales cuando presentes la denuncia...
En la denuncia, numera los documentos que acompañes...
docum. nº 1 .....
documen nº 2... etc..etc..
que pasa, piensa que en el juzgado los van a destruir?
en los jzugados hay documentos originales con las demanas creo que quiza smas importantes que los suyos y no desaparecen... testamentos olografos... pagares....escrituras de propiedad etc...etc... que son devueltos a sus propietarios cuando lo solicitan... pero creo que quien tiene que decidir sobre si son pruebas o no etc..etc... quiere ver los originales... maxime si lo que se discute aqui es una apropiación indebida y se puede probar con documentos...
Permitidme intervenir en las sabias sugerencias que le están haciendo, compañer@s: En cuanto a llevar los documentos compulsados en el Ayuntamiento o en el Juzgado de Paz, lo puede hacer, y llevárselos al Secretarios del Juzgado de Insrtrucción, pero al fin y al cabo será ahí donde le darán validez a la compulsa.
Si los aporta con esa sola compulsa, y no se los advera el Juzgado de Instrucción corre el riesgo de que la otra parte los impugne, y veremos cual es el resultado. No merece la pena correr ese riesgo.
Usted sabe, y así lo ha dicho, que en los ayuntamiento y en los juzgados de paz, se tienen mas “ amistad” que con el Secretari@ del Juzgado de Instrucción.
Hola
Se me olvidaba, ¿podrían valer fotocopias compulsadas por funcionario del Ayuntamiento o por el secretario del Juzgado de Paz de mi localidad?, me ahorraría tener a lo mejor problemas con el secretario del Juzgado correspondiente, la localidad donde resido es pequeñita y ente los residentesincluido el secretario del J.de Paz, tenemos cierta amistad....
Un saludo
Hola Richd, espero no liarme te cuento:
He hecho dos "dossieres" enumerados que se corresponden a la exposición y de los hechos, en cada punto del "dossier" lo corroboro con varios documentos, que hacen untotal de 11, como creo que lo ideal sería que me registrasen escrito de denuncia y documentos de prueba, según usted, debería de dirigirme previamente al secretario del juzgado con los originales y los dos "dossieres" para que me los compulsara ambos y después presentarlos en el registro, ellos se quedarían con escrito de denuncia más fotocopias compulsadas y yo me llevaría los originales y las fotocopias compulsadas y registradas por el Juzgado, pero...Pregunto ¿me van a querer hacer todas esas cosas con lo pijoteros que son....? No se....Desde luego sería la forma más correcta y segura de hacer las cosas bién, ¿eso es un derecho...? o no tienen obligación.
Ya me responderá cuando pueda, cada vez a pesar de saber algo más estoy un poco más liado, y al tener que desplazarme 150 km. Para interponer la denuncia me quiero asegurar de no tener que volver, y para eso es indispensable por lo que pueda pasar llevarme los originales, no se diera el caso que sin ellos, ni siquiera me recogieran los documentos de prueba para su admisión.
Un saludo, y ¡hasta pronto a todos!
Puedes compulsar las fotocopias con los originales en el juzgado donde presentes la denuncia y que el secretario dé testimonio de ello, y eso ya vale, vaya al juzgado que vaya después.
Buenas noches satanete, Richd:
Creo que la idea de satanete es perfectamente válida:
- Se presentan fotocopias para su admisión
- se indica que los originales se aportarán en el
que toque, o a requerimiento de ese Juzgado de
guardia,
- Y posteriormente cuándo hallan de presentarse
los originales, se sigue el consejo de Richd, se
llevan los originales y que el secretario los
compulse ¿que os parece....?
Entregar los originales nunca lo haría
Espero que me respondais para que me deis vuestra opinión definitiva para hacer la anotación correspondiente en el escrito de denuncia
Un saludo
Las fotocopias las presentas con los originales y que los compulsen, tú te quedas con los originales y ellos con las copias.
ACONSEJO ENCARECIDAMENTE NO DAR NUNCA LOS ORIGINALES, se compulsan fotocopias ante el secretario, éste da testimonio de su autenticidad y a los efectos tienen el mismo valor que los originales, NO DAR NUNCA LOS ORIGINALES, muchos juicios se han perdido por ello.
Para interponer la denuncia, declara y aporta fotocopias, indicando que los originales se remitirán al juzgado en que caiga por reparto.
El problema es el juzgado que será competente, ya que, aunque calificas como apropiación indebida, puede no serlo.
Buenos días a todos:
Parece que poco a poco y gracias a todos ustedes voy aclarando conceptos y dando forma a la denuncia y su interposición.
Creo que la idea de Richd, es de lo más acertada ya que al ser las posibilidades de que se instruya en el sitio donde ocurrieron los hechos son mayores, allí debo de presentarla, no es demasiado lejos 150 km.
Ya puestos quisiera preguntaros sobre como presentarla, me refiero si fotocopias u originales ya que son documentos importantes y no quiero que se extravien ni se pierdan, me han dicho que con fotocopias es suficiente ¿es así....?
Ya me respondereis cuando podais muchas gracias y un saludo.