Hola,ante todo dar las gracias y la enhorabuena,por esta pagina tan util,que desde mi punto de vista,se merece un premio,ya que se asesoran muchas personas,gracias a la amabilidad y el poco interes economico que muestran los que responden a los que ignoramos muchos articulos que recogen las leyes.Doy paso al problema surgido hace pocos dias.En el edificio donde viven mis padres,llevan 32 años llevando la comunidad los propios vecinos,y jamas hubo ningun problema.cada 6 meses van rotando los vecinos y asi realizan el trabajo de la comunidad,hasta que hace 7 meses le dieron el trabajo a unos vecinos nuevos y estos individuos,por llamarlos de alguna forma,no soltaban el cargo,pues se han gastado el dinero de todo lo que cobraban,en los libros de acta no han anotado nada,pero el dinero ha desaparecido,ahora los buenos señores no asoman por su casa para nada.¿Que se debe hacer en un caso como este?pues a veces no compensa pagar abogados porque sale mas caro, que lo que hay que hay que reclamar,agradeceria una respuesta.Pero que injusto verdad? GRACIAS
Para estos casos está la justicia, no nos podemos tomar la justicia por nuestra mano. No le veo otra solución.
A este vecinos hay que interponerle una demanda por apropiación indebida y esto se lo tiene que denfender un abogado el cual le dirigirá el caso convenientemente.
Estoy de acuerdo con Fontanero: la única vía posible de solucionar vuestro problema es la legal.
Pero partiendo de la base de que no soy un experto en estos temas, sino más bien un curioso, me gustaría, si no tienes inconveniente, puntualizar algunas cosas, por si te son útiles:
1º Sería preceptivo convocar una junta extraordinaria, solicitada al menos por el 25% de los propietarios, al administrador o secretario de vuestra comunidad, si es que lo teneis. Si todos estos cargos los acumulaba este señor, tendríais que asesoraros legalmente, ya que no dispondríais de ningún representante de la cumunidad a quien dirigir vuestras solicitudes por estar ese señor en paradero desconocido.
2º Si se puede solicitar y celebrar dicha junta, debéis votar la rebocación del cargo alegando los motivos por los que se hace y nombrar un nuevo presidente.
3º Debéis autorizar al nuevo presidente para que ostente la representación legal de vuestra comunidad ante los tribunales y, con el acta de la junta, estados y movimientos de cuentas y cuanta documentación podáis aportar, buscar un buen abogado, conocedor de estos temas, que os lleve el caso, pues si lo ganáis, siempre se puede reclamar, aparte lo robado, que el vecino ladrón cargue con las costas del proceso y una indemnización por el daño causado.