Buenas días compañeros!! Tengo una duda sobre un cliente que no me paga y es que el firmó dos hojas de encargo, una por un procedimiento arbitral al cual se empeñó en que fuera yo, y otro por una ejecución.
El problema es que no ha pagado lo estipulado por el procedimiento arbitral; y en lo referente a la ejecución, cuando ya se había realizado el trabajo y estaba a punto de presentar demanda, se volvió atrás. Y ahora no me quiere pagar nada, pese a que ya le he enviado una carta dándole un plazo para pagar voluntariamente ampliamente superado, y tras estar molestando con dudas chorras casi todas las semanas durante varios meses.
La duda que me surge es; que hago??? Presento Jura de cuentas? Monitorio?? Es que no se que hacer!!!Y que lo presento en el juzgado del domicilio del cliente, que es distinto al del arbitraje??
Buenos días,
No pueden reclamarse mediante jura de cuentas las cantidades adeudadas como consecuencia de actuaciones extrajudiciales, debiendo acudir a un procedimiento declarativo para ello, o al monitorio si se cumplen los requisitos del mismo.
Entiendo, por lo que dice, que el procedimiento ejecutivo no llegó a celebrarse, por lo que las cantidades que se le adeudan son por actuaciones extrajudiciales, no cabiendo la jura de cuentas.
El domicilio general es el del domicilio del demandado, salvo que en la hoja de encargo se acordase uno distinto.