Se reúne la Junta, se aprueba la liquidación y reclamación judicial y se inicia el proceso descrito en la LPH que empieza por la notificación fehaciente al moroso del acuerdo adoptado en dicha Junta. Como se supone que el moroso se negará a abrir la puerta a todo vecino y a firmar un acuse de recibo entonces habrá que recurrir al burofax en su modalidad más cara. En definitiva –creo- que el período entre la reunión de la Junta y la presentación de la reclamación en el Juzgado (sea o no sea admitida a trámite) puede exceder los 40 días.
Y aquí están mis preguntas:¿Qué sucede si durante esos 40 días el indeseable moroso de turno efectúa una ridícula entrega a cuenta y reduce su deuda minimamente? ¿Hay que reiniciar todo el proceso y convocar una nueva Junta para aprobar la deuda actualizada? Si se dan esas circunstancias ¿qué pasa con los gastos de burofax o consultas a profesionales? ¿Se pueden sumar al nuevo saldo deudor?. Entiendo que lo que jamás se debe hacer es rechazarle su ridículo pago ya que el moroso siempre podría alegar a su favor que la Comunidad no le acepta los pagos. Ignoro si ese rechazo sería legal desde el momento en que la reclamación ha sido presentada en el Juzgado y todos los copropietarios nos sentiríamos muy a gusto diciéndole: “Ahora ya no queremos tu dinero; el Juez ya te llamará y ya le pagarás a él la deuda, más las costas, más los intereses y esperemos que se te quiten las ganas de burlarte de nosotros”
Todo esto viene a cuento de que soy presidente de una comunidad pequeña, 8 vecinos, la mitad pensionistas y la otra mitad parados o con empleos 800euristas entre los que me encuentro yo y donde todos contribuimos con la Comunidad con la misma rectitud que con nuestra hipoteca o impuestos. Sin embargo el indeseable se ha acostumbrado a no pagar, a pagar solamente cuando suenan tambores de guerra; entonces hace una pequeña entrega a cuenta y se olvida durante meses hasta que su deuda se vuelve a disparar y hasta que recibe una nueva convocatoria de Junta para tratar “su tema”.
Soy consciente de que nadie mejor que un profesional para asesorarnos pero yo como presidente no debo sangrar los escasos fondos de reserva mientras pueda.
Presentada la demanda, los pagos que tengan lugar serán a cuenta, y la cantidad final se habrá reducido en ese monto, pero no se libra de gastos ni costas.