Efectivamente la liquidación del Incremento sobre el valor de los terrenos (Plus Valia) le corresponderia pagarla siempre el vendedor, (salvo pacto en contrario), es decir, que debereis de poneros de acuerdo para tal extremo, y dicho extremo debera de reflejarse en la escritura de compra venta, pero en la escritura viene de una manera muy breve ya que unicamente indica que "los gastos se pagaran de tal o tal manera", de cualquier forma en la clausula del contrato privado que has enumerado ya lo indica expresamente, ya que la Plus Valia tiene un tratamiento de Impuesto Muinicipal y esta dentro de lo que se denomina gastos Fiscales.
Hola, Como bien me habeis comentado el impuesto de plusvalia que normalmente corresponde pagar al vendedor puede recaer sobre el comprador si asi se conviene en acuerdo privado. En mi caso (comprador), me he enterado hace dos dias que he de pagarlo por comunicarmelo la constructora asi como que asi figura en la escritura publica de venta. Uno, no recuerdo que el Notario leyera el parrafo correspondeintey dos, nunca hemos hablado de este tema expresamente. Respecto al contrato privado existe una clausula que me gustaria saber si en vuestra opinion contempla la asuncion por mi de este impuesto. La misma reza asi:"Son a cargo del adquiriente, el IVA, todos los gastos notariales, fiscales y registrales, que tanto de este documento privado como de cuantos otros o escrituras traigan en el causa se derive. Tambien los que se causen por las agrupaciones y segregaciones que se realicen".
Yo entiendo que aqui se hace referencia a impuestos que normalmente recaen sobre el comprador y no a este . Me siento engañada de nuevo (pues no es este el unico flanco de ataque del dragon) y aunque no pueda ya hacer nada (al estar la asuncion en la escritura) me gustaria tener la certeza de ello y asi manifestarlo a la engañabobos. Gracias . AAP