me gustaría saber cuantos votos de la Junta de un edificio son necesarios para que se apruebe la reparación o instalación de una puerta de cerramiento mancomunitaria a cargo únicamente de los propietarios de ese edificio sin que el resto de los edificios cooperen en el gasto.
Para la reparacion no es necesario ningun voto, puesto que es una obligacion de la comunidad el mantener en buen estado los elementos comunes de la misma.
Para el cerramiento deberia contar con la mayoria de los votos, bien entendido que al poder considerarse como una mejora, cualquier vecino podria negarse a pagar si su cuota excede de tres mensualidades de comunidad.
Pues si la puerta cierra, como usted dice, la mancomunidad, es cuestion de la mancomunidad dado que afecta a todos y todos deben ser participes. Usted no puede instalar una puerta en un lugar que no es solo suyo. Ademas, Si le dan permiso para instalarla, pueden negarse a contribuir en los gastos y usted no puede privarles de utilizarla.
Si se trata de una reparacion, tiene obligacion de repararla quien sea el dueño de esa puerta, si es de toda la mancomunidad, pues la obligacion es de toda la mancomunidad.
Yo creo que los presentes en la última junta de mi edificio estaban todos "mamaos"...también aprobaron la instalación de una cámara de vidieovigilancia para "visualizar y analizar a la persona o personas que producen desperfectos en la puerta" además en el acta pone que la hagamos nosotros por "solidaridad y educación....lo dicho... estaban "mamaos"!
indendientemente del estado en que usted opine que estaban las personas, usted pidio que se le aclarara una duda, se ha intentado hacerlo y ahora se va usted por los cerros de ubeda y con muchisima falta de educacion. No me parece correcto, qué quiere que le diga.