Buenas tardes, la asociación sí cobra una cuota a los socios por las clases. Está de alta en la AEAT, lo lleva una gestoría.
EN cualquier caso, yo me he planteado que si va bien,, darme de alta como autónoma y ser yo quien diera dichas clases en mi domicilio. En caso de que no haya estatutos en la comunidad (o que no restrinjan nada de haberlos) ¿Sería posible teniendo en cuenta el tipo de actividad que es?
en su propiedad puede hacer lo que se le antoje siempre y cuando ello no entre en conflicto con el resto de propietarios por molestias o ruidos
a la "cotilla" no la de explicaciones, y si le dicen que gastan luz, le dice que cuando van a casa de ella familiares o amigos tambien lo hacen, y no vuelva hacerla ni caso.
yo entiendo que ahora mismo es algo lúdico que no cobra dinero por ello, por que si cobra dinero sabe que deberá incluirlo en la declaración.
si en los estatutos de su edificio (que seguro no existiran), no existe restrinciones, la comunidad no le puede prohibir reuniones más o menos ludicas-esotericas
¿puedo tener problemas por hacer actividades de asociación en mi casa?
soy presidenta de una asociación para clases de meditación y yoga, donde nos reuníamos en colegios y demás para realizar la actividad.
Las clases se pueden imaginar cómo son: silencio, concentración, meditación, tranquilidad...
Desde hace un año y medio más o menos, me fui a vivir a una vivienda vacía que tenían mis padres, y ahí en el salón instalé un suelo de madera para realizar las actividades de la asociación en él.
Mi vecino, puerta con puerta, me dijo que había vecinos que habían protestado porque se hacían esas clases y que las personas que acudían "gastaban luz".
Decir que de la calle a la puerta de mi casa hay cuatro escalones y que no hay ascensor. Que solo nos reunimos dos tardes a la semana y que nunca más de 10 personas (porque no cabemos si somos más...).
Una vecina me estuvo preguntando cosas acerca de lo que hacíamos, como la cuota que se pagaba y demás. Sin embargo, me consta que esta persona quiere recabar información para que no podamos continuar reuniéndonos en mi domicilio.
Mi pregunta es, teniendo en cuenta que es una actividad absolutamente inocua, que no causa desperfectos, ni ruidos, ni molestias (asegurado por mi vecino puerta con puerta), que es una asociación la que nos reunimos en ella, ¿puede denunciar al administrador o puedo encontrar algún problema para seguir con la actividad en mi domicilio?
Por otro lado, he barajado en el futuro dar las clases por mi cuenta -y no con la asociación-. En los estatutos de la comunidad no consta ninguna prohibición acerca de las actividades que se lleven a cabo en el domicilio, y he leído que para prohibir la actividad se necesitaría modificar los estatutos y para ello se requeriría la unanimidad de los vecinos. ¿Es esto así? ¿Para que yo no pudiera realizar mi actividad, tendría que haber acuerdo unánime?
en definitiva, ¿qué problemas puedo encontrarme por realizar la actividad de la asociación en un domicilio privado?.