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puedo solicitar paro ?

12 Comentarios
 
Puedo solicitar paro ?
20/07/2009 18:52
Buenas tardes , os expongo mi caso a ver si alguien me puedo ayudar. Yo era autonoma y cerre mi tienda en enero, con lo cual no tenia paro en marzo me puse a trabajar y me han renovado el contrato hasta septiembre , mi pregunta es si despues de pasado este tiempo que en total seran siete meses trabajados , puedo solicitar paro ya que como autonama tambien estuve cotizando , o debo de cumplir un año de contratos para poder solicitarlo. Veo muy dificil que me renueven ya que estoy haciendo una sustitucion, asi que si porfavor alguien puede horientarme se lo agradecer , Un saludo
20/07/2009 20:31
El trabajo por cuenta propia o autonónomo no cotiza a desempleo. Sólo se te tendrían en cuenta las cotizaciones a desempleo (trabajos por cuenta ajena) de los seis últimos años. Si tienes cotizados siete meses cuando finalices la relación laboral no tienes derechor a prestación contributiva para lo cual hay que cotizar 360 días, pero puedes tener derecho al subsidio por no cotizar suficiente. Con este subsidio consumirías las cotizaciones que tuvieras hasta entonces, por lo que no te podrán servir para un posterior paro. Dependiendo si tienes o no responsabilidades familiares, serán más o menos meses. Aquí te pego el enlace de este subsidio.

http://www.inem.es/inem/ciudadano/prestaciones/pdf/GuiaSubsidioPerdidaEmpleo.pdf
21/07/2009 10:45
gracias por tu respuesta patatinpatatero
21/07/2009 18:34
tala_39 gracias por tu respuesta, ¿si es fin de obra me tienen que hacer despido? gracias otra vez
22/07/2009 13:39
Hola!
Aprovecho este hilo para exponer mi duda, ya que esta bastante relacionada con el titulo del post...
En mi caso tengo contrato de titulado en practicas por un año, el cual se acaba en breve... y me huelo que me van a ofrecer una renovacion que no me interesa para nada, si al finalizar el contrato decido no renovarlo, ¿tendria derecho a paro?
22/07/2009 13:53
No
22/07/2009 14:45
en cuanto a tpdgo, cuando un contrato es fin de obra no se produce un despido, lo que se da es una finalización por fin de contrato, lo cual debe ser comunicado al trabajador, por parte de la empresa, con una antelación mínima de 15 días: Esa carta de fin de contrato te va a hacer falta si quieres solicitar prestación por desempleo.

En respuesta a Antonio 123, cabe decirte que un contrato en prácticas si genera derecho a la prestación por dempleo, a diferencia de los contratos de formación que no causan derecho a ésta prestación, pero !ojo! Debes ponerte de acuerdo con la empresa y que te de carta de fin de contato, porque de lo contrario, como la empresa ponga en el certifiacado de empresa fin de contrato por rechazo de prórroga te quedas sin derecho a la presstación, lo que no significa que pierdas esos dias cotizados, pero necesitarás de un nuevo contrato para poder acceder a kla prestación por desempleo.
22/07/2009 16:15
Ya estamos recomendando fraudes

"Debes ponerte de acuerdo con la empresa"

Una empresa seria y bien asesorada, para qué va a hacer semejante burrada? para que la acusen de fraude por nada?

Si se quiere ir, no tiene derecho a paro.

No recomendemos cosas que son fraude porque nos convertimos en complices de ello.
23/07/2009 10:15
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas, me habeis aclarado bastante mi situación.
23/07/2009 12:52
Y quién se va a encargar de demostrar el fraude? Acaso entonces, es mejor que el trabajador acepte la prórroga y fuerce el despido, con métodos que tú y yo sabemos pero que no vamos a decir para que no seamos cómplices de fraude?.Si el trabajador no está agusto con la empresa, por la razón que sea( y no hay que pensar siempre que la empresa es muy buena y los trbajadores son tosos unos vagos)¿que le queda al trabajador?¿chupar y aguantar?.Acaso no es mejor un mal acuerdo qeu un buen juicio?.Porque llevando éste tema a un extremo: Pongamos que el trabajador está expuesto a sobrecarga laboral, y un montón de faltas mas, ¿qUé le queda al trabajador?aceptar la prórroga y denunciar.Pero lo mas fácil para todos es largarse de la empresa u acabar con el problema.

Además el chico está de prácticas, ¿y si no le dejan ejercer las funciones propias de su titulación? ¿qué hace, estropear el año que de queda de prácticas en una empresa donde no se desarrolla laboralmente? Con esto lo que intento poner de manifiesto es que se deben conocer a fondo las dos partes, empresa y trabajador, no siempre el malo es el mismo.
23/07/2009 13:03
Nofres,lo que le queda al trabajador es denunciar las irregularidades que se produzcan en el desarrollo de su trabajo.

Ademas si la empresa anda un poco lista y no quiere pactar se acabo el debate.
23/07/2009 13:48
"es mejor que el trabajador acepte la prórroga y fuerce el despido, con métodos que tú y yo sabemos "

Te aseguro que en las empresas que yo llevo ningún trabajador ha conseguido nunca forzar el despido y no será porque no lo han intentado.

Ahora ya nadie lo intenta, saben que la empresa no acepta chantajes.

Me consta que la mayoría de empresas siguen esa política y quien tiene que perder es el trabajador.

Si un trabajador no está a gusto porque le explotan, lo que tiene que hacer es denunciar.

Y si no está a gusto porque no le gusta el trabajo, pues buscarse otro, como hace la gente normal y decente.

Yo no pongo a nadie de bueno o de malo, sólo digo cómo se ha de actuar de forma legal.
23/07/2009 14:15
iuducii, ya de puestos ¿por qué no me echas un cable con mi duda de las vacaciones?, el tema va de cambiar el calendario laboral.te lo agradecería un montón.