Cada vez que se te hace una pregunta, aportas un NUEVO dato.
Ahora, resulta que estás casada y que la herencia es la mitad de tu marido y la mitad tuya.
¿Estáis en régimen de bienes gananciales o en separación de bienes? ¿Cuándo recibiste la herencia, estabas cobrando el subsidio?
MI CONSEJO es que lo PRIMERO que tienes que hacer es enterarte de SI PUEDES rescatar el plan de pensiones (no veo claro que puedas).
En el caso de que pudieras, pedir cita para ir a la oficina del SEPE que te corresponda para consultar.
En el supuesto de que, en tu caso concreto, el SEPE tenga en cuenta los ingresos de la herencia para el cálculo de tus rentas (no tengo ni idea) y de que hayas recibido esa herencia cuando YA cobrabas el subsidio, podrías tener un problema.
Por lo tanto, deberías informarte sobre 2 temas IMPORTANTES:
- posibilidad de rescatar el plan de pensiones.
- en el caso de que hayas recibido la herencia cuando YA cobrabas el subsidio, si tenías que haber informado al SEPE y las posibles repercusiones.
Cómo verás, hay muchos puntos que, en mi opinión, no se pueden resolver en un foro.
como ya te dijeron debes hablar con la gestora del plan (o mirar las clausulas) si permite el rescate en la situación de desempleo larga (creo que no todos lo hacen y aun cuando lo permiten dan bastantes vueltas).
yo entiendo que si recibiste la herencia y era y es tu vivienda habitual, no se computará como ingreso para el subsidio ya que no entra en el cómputo la vivienda habitual para este subsidio. Más procura que aparezca en la información tributaria enseguida como tal vivienda habitual para que no tengas problemas con el subsidio de mayores.
si hay otros bienes en herencia ya es otra cuestión.