Somos una comunidad de 15 vecinos, con administrador desde el año 2009, con el cual casi nadie está contento pero aun así no se atreven a despedirle y buscar a otro que gestione mejor nuestros intereses comunitarios, soy la única que le he hecho frente para frenar las obras a un coste desorbitado que nos hacía, sin presentar facturas ni dar explicaciones cuando se le preguntaba. No estoy de acuerdo con su gestión y así lo hice saber con varios burofax, reclamando entre otras cosas, las facturas correspondientes, dentro de año y medio me toca presidir la comunidad, mi pregunta es la siguiente:
¿puedo negarme a presidir la comunidad con este personaje?, ¿qué puedo hacer?... estoy interesada en saber cuales son nuestros derechos en este caso como propietarios. ¿Estoy obligada a tenerla como administradora durante mi presidencia?....me preocupa mucho, un cordial saludo, gracias.
No puedes negarte a ejercer la presidencia, salvo excusas contempladas en la L.P.H. (art. 13.2). Si no te gusta el administrador sólo te queda como opción convencer a tus vecinos de que lo revoquen en Junta ordinaria o extraordinaria. Siendo presidenta puedes convocarla con libertad, siempre con las exigencias legales de la convocatoria.
No puede negarse pero sería buen momento para citar a reunión cuantas veces sea preciso para tratar de despedir al sujeto, ya que Ud es la presidenta.
Dicen que siempre hay un roto para un descosido.
Cuando sea presidenta:
1º Ponga a su nombre la firma de la cuenta de la Comunidad.
2º Que no se efectue ningún pago sin su autorización (no firme los cheques).
3º De por escrito, ordenes al Administrador de como quiere que se lleven las cosas en su presidencia.
4º Obligue al Administrador a que le entregue las cuentas de la Comunidad de los últimos 5 años, hasta la fecha de su toma de posesión.
5º Dele orden por escrito, de que él no tome decisiones de la comunidad, sin su aprobación expresa.
O sea, meta la cabra en el corral.