Hola;
No acabo de ver qué datos hay que proteger, salvo los míos (DNI, dirección). En cuanto a la posibilidad de que yo publique lo que denuncio o lo que me contestan, no veo que sea muy diferente de lo que a menudo vemos en los medios de comunicación, donde se publican denuncias, respuestas de la administración (en forma de sentencia, pero también de otro modo).
Gracias, por las respuestas, Loquillo.
Considero que lo INCORRECTO es su actuación: usted no puede publicar nada de lo que ha publicado. NO hay una sentencia judicial firme que condene a esa persona, ni una resolución administrativa firme, y aunque las hubiera, es bastante dudoso que se pudiera considerar que puede publicar de forma abierta, por cuestiones de la Ley de Protección de Datos.
Hola, Loquillo:
Quizás la premura en la respuesta no me permite tenerla muy clara: ¿ Estoy en mi derecho de darle la difusión que crea conveniente al texto de mi denuncia ante el director del centro, la respuesta que él me da, el escrio de disconformidad ante el director territoral y la resolución provisional de éste? ¿Es incorrecto que la inspección proceda contra mi? Si no he cometido ilegalidad alguna, ¿puedo seguir teniendo colgados dichos escritos en internet?
Hola:
Soy funcionario de educación (Cataluña) y he denunciado a mi director por intentar amañar una elección con la intención de perjudicarme. La Administarción no ve nada punible (porque no se recogió en el acta, aunque un miembro de la mesa ha explicado por escrito lo que pasó). He publicado en la WEB mis escritos de denuncia y las respuestas de la administración. Ahora el inspector quiere que se me abra expediente por dicha publicidad. ¿He cometido una irregularidad?