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Puedo hacer fotografia al vehículo de

33 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 33 comentarios
Puedo hacer fotografia al vehículo de
31/01/2006 10:43
Puedo hacer fotografias a los vehículos de los vecinos mal aparcados en plazas de garaje ajenas así como a aquellos que acumulan escombro en sus plazas? cometo algún delito?
31/01/2006 11:27
Normalmente, se encarga a un Notario que haga las fotografías y levante Acta.

Salvo mejor opinión. Saludos.
31/01/2006 11:29
....pero es ilegal? que delito cometo si lo cometo? yo las quiero tomar para denunciar a la comunidad ya que esta no hace nada al respecto a sabiendas. Gracias.
31/01/2006 11:31
Hombre, delito no es. Sólo se lo decía a efectos probatorios.
31/01/2006 11:41
....pero para efectuar una denuncia donde aparece el vehículo, la matrícula y el número de la plaza de garaje, es válido? Gracias Ana.
31/01/2006 11:47
Aquí hay foristas que te podrán informar mejor de esto; quizá la veracidad de las fotografías que tú aportes se pueda cuestionar (fecha, por ejemplo; manipulación de los números que aparecen en las plazas)

Tus fotografías son impugnables; las que haga un Notario, no.

Salvo mejor opinión. Saludos.
31/01/2006 11:51
Muchas gracias, las hará un notario, solo una pregunta, si condenan a la comunidad, puedo reclamar todos los costes, notario incluido a la comunidad?
perfil Rus
31/01/2006 11:56
¿Quieres denunciar a la comunidad de propietarios?, ¿En base a qué?.¿Dónde?. Habrá que mirarlo detenidamente, pero me parece que las conductas de las que hablas no están tipificadas en el CP.

Otra cosa es que puedas iniciar una reclamación por vía civil o ante el Ayuntamiento.

El art. 7 de la LPH habla de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, y el 9 de las obligaciones de los propietarios.

Yo plantearía la pregunta en el foro de Propiedad Horizontal. Quizás allí te den una solución.
perfil Rus
31/01/2006 11:59
En cuanto a las costas, depende del tipo de procedimiento. En unos hay condena en costas y en otros no.

LAs fotos, depende de para qué las quieras utilizar. El notario te dará mayor seguridad, pero no siempre es imprescindiible (por ejemplo, si fuera un tema de servidumbre de paso, en el que el vecino aparca en medio de un camino y no te deja pasar, puedes hacer las fotos personalmete y no creo que nadie las impugne). Si es tu garaje y alguien aparca en tu plaza, o impidiéndote el paso, creo que puedes hacer fotos.
31/01/2006 12:13
En mi humilde opinión, si esa ocupación es permanente, se podría encuadrar la conducta en la usurpación del Art. 245.2. Pero sólo es una opinión personal.
31/01/2006 12:18
A la Comunidad por dejar que se realicen actividades insalubres e ilegales en el garaje Común. Gracias a todos.
perfil Rus
31/01/2006 12:20
Ana, en el foro de Propp. Horizontal hay tres mensajes sobre el mismo asunto. Podría encuadrarse en el art. que dices, pero estos "okupas" al parecer están en plazas sin vender, es decir, pertenecen a la Promotora. El "denunciante" ya lo ha puesto en conocimiento del Presidente a través del Admionitrador, y no ha obtenido respuesta (que no es lo mismo que tener respuesta negativa, digo yo)
31/01/2006 12:23
Pishi.

En cuanto a la ocupación de tu plaza de parking, tengo mis dudas. Pero en cuanto a la acumulación de desperdicios, sí estoy con Rus en que es una cuestión civil.

De todas formas, si decides seguir adelante en sede penal, no creo que la denunciada deba ser la Comunidad, sino, en todo caso, el vecino que usurpa tu plaza.

Salvo mejor criterio, por supuesto.
perfil Rus
31/01/2006 12:23
Se calificarán como "insalubres" las que den lugar a desprendimiento o evacuación de productos que puedan resultar directa o indirectamente perjudiciales para la salud humana (decreto 2414/1961).

"ilegales"... hay que demostrar que lo hacen permanentemente. Para eso sí necesitará notario.
31/01/2006 12:24
Rus, gracias por la aclaración. Estaba mandando el mensaje y no he visto el último tuyo.

Saludos.
31/01/2006 12:26
Gracias a los dos, tomo buena nota
31/01/2006 13:04
El problema es que no usurpan su plaza. Está de psiquiatra.
31/01/2006 13:05
Creo que estás enfermo Lego, esto es un foro y opina el que quiere no el que tu dices, siento mucho informarte que esto no es una dictadura ni tu carod rovira, aunque te asemejas bastante en la forma de pensar.
31/01/2006 13:14
Este consultante en ningún momento aporta dato objetivo alguno para pensar que se le está perjudicando. Y es bastante grave que piense incluso en la vía penal (de mínima intervención) cuando ni siquiera se aprecian indicios de falta de coacciones. Si lo animais a que presente denuncia, yo no me meto, pero evidéntemente es el peor consejo que se le puede dar.

Respecto de carod rovira no se ni quién es, y nunca he dicho quién tiene que participar y quién no. Y por supuesto lo que tu creas si no lo argumentas convincentemente carece de valor alguno.
31/01/2006 13:17
Lego:

Yo no le he animado a nada.

El Art. 245.2º no exije la utilización de fuerza o violencia, únicamente la ocupación sin la debida autorización.