Esto es tan sencillo como pensar en el supuesto de que su vivienda diera a un parque público, y Vd. solicitara el uso en exclusiva del mismo, porque sus ventanas dan a él.
Como es lógico, si en su escritura se recoge el uso y disfrute de dicho patio, llevará usandolo desde que adquirió la vivienda. Si tiene tanto interes en el, lo suyo es que le haga una buena oferta económica por su vivienda y caso de que la acepte traslade vd. su domicilio, asi podrá disfrutar del patio y no tendrá que romperse la cabeza en cómo privar a otro de sus derechos.
El patio puede ser elemento común,elemento privativo o elemento común de uso privativo, lo que dependerá de como aparezca en el titulo constitutivo.
Con respecto a que pudiese mirar por las ventanas, en teoría están en su patio.....
si, el patio es comunitario pero ella tiene el uso y disfrute. Pero mi fachada (dos habitaciones concretamente) dan a ese patio, con dos ventanas. Y lleva usándolo ella mas de 10 años.
Hola:
Vivo en un bajo, dos habitaciones dan al patio de otra vecina que según sus escrituras tiene el uso y disfrute de ese patio. ¿Puedo hacer algo para lograr su uso y disfrute teniendo en cuenta que dos ventanas de mi fachada dan a dicho patio?. Muchas gracias