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¿puedo hablar con un fiscal de menores?

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
16/02/2010 17:18
Si el tema esta tan caliente haces bien. Se la rabia que da algo asi, tener hijos y no tener en absoluto poder de decision sobre ellos, es lo peor
16/02/2010 17:14
Luisa32

Tengo una orden de alejamiento de la madre,no de mi hijo ni de su colegio.De hecho me han dado la guarda y custodia a pesar de esa orden de alejamiento.En ese colegio lleva solo desde la vuelta de navidades y no pienso ir nunca por que yo no lo reconozco como tal,de hecho ni siquiera "se cual es" lo se por terceras personas,a mi nunca nadie me ha dicho cual es,como tampoco se en que domicilio vive mi hijo.Por lo tanto no me interesa en absoluto hablar con su tutora...por que mi hijo tendria que estar en el colegio de aqui,del que ella lo borro,en el que ya he solicitado que lo vuelvan a admitir,en el que ya esta admitido,en el que si no lo matriculo antes del dia 20 tendre que volver a presentar escrito en educacion,en el que le esperan con los brazos abiertos sus profes y compañeros,en el que si me conocen por que yo lo he llevado una semana de cada mes(segun convenio de separacion) ,por que siempre voy a las tutorias,saben que me preocupo por el,saben lo dificil que me lo ha puesto siempre mi ex(no contarme nada,teenerme que enterar que ha estado malo por sus profes)....esto tiene mucho tomate y no muevo ni un dedo sin preguntar a mi abogado,el cual tiene que estar frito el pobre de mi.

un saludo.
16/02/2010 17:04
supongo que el mal rollo lo teneis al limite y cada uno sabe cual es la situacion y sobre eso actua. Pero no te dejes intimidar por nadie y si tu actitud es correcta no tienes porque esconderte de nadie. Si el colegio tiene una imagen de ti equivocada, insisto en que tendrias que solucionar ese tema. Aunque no vayas a buscar a los niños porque quieres evitar pollos, imagino que tendrias que tener tutorias con la tutora y tendrias que estar informado de como va tu hijo en los estudios, tambien podrias pedir que el colegio te de toda la informacion que se le da a la madre por duplicado, notas, informacion sobre excursiones... no se, todo, no puede ser estar asi. Si no tienes una orden de alejamiento sigo pensando que nadie puede poner en duda tu palabra.
16/02/2010 16:57
luisa32

Ya se que si voy con la sentencia a ese colegio,me podria llevar a mi hijo y carretera y manta a mi ciudad.Pero yo no voy a hacerle eso a mi hijo,yo no soy como mi exmujer.
No pienso ser yo el que monte el espectaculo.Que lo monte la policia o a quien le corresponda por obligacion judicial,que dicho sea de paso no entiendo a que esperan.
Ademas si yo fuera a ese colegio,que no me conocen y seguro que soy lo peor,llamarian a la policia y no creo que la policia me dejara llevarmelo ni con la sentencia,incluso es posible que me detuvieran a mi.
Ademas corro el riesgo de encontrarmela a ella y eso es lo mas peligroso de todo.

un saludo.
16/02/2010 14:18
neguton, entiendo lo que dices del colegio, a mi me paso algo parecido porque yo no fui la que inscriibio a mis hijos en el colegio que van ahora, mi ex me puso verde con la directora diciendo que yo no estaba deacuerdo en que los niños fueran a ese colegio porque era publico. Me senti muy mal al principio porque sabia que el habia estado hablando de mi, pero pense que lo mejor era pedir hora con la directora y exponerle mis argumentos sin necesidad de hablar mal de el y es lo que hize, lo primero llevarle la sentencia del juzgado para que viera cual era la situacion. Estoy completamente deacuerdo con unodelnorte, si tu tienes una sentencia en la que pone un regimen de visitas y el colegio tiene constancia que yo sepa NADIE te puede impedir recoger a tus hijos. Claro esta que tu sabes cual es la situacion y que es lo que tienes que hacer.
15/02/2010 19:05
gracias a tod@s por vuestras respuestas.Esta mañana he estado con mi abogado y efectivamente mi abogado puso la denuncia en el juzgado en amparo del art. 225.bis apartado 2.2,calificandolo como presunto delito de sustraccion de menores.Me ha comentado que quizas la parte contraria piense en una ejecucion de sentencia y que hay 20 dias de plazo para que se formalize o algo asi,vamos en seguir ganando tiempo o que mi ex no le hace caso a su letrada.El caso es que ahora a ver que pasa,a ver que hace la justicia.

Al colegio no voy ni de broma,lleva mi hijo alli desde primeros de enero,no se exactamente ni cual es,no me conocen,sere persona non-grata por lo que les haya contado mi ex,esta a 70 kilometros de aqui y no me acerco a mi ex ni de coña,ahora menos que nunca.Le tengo a mi ex mas miedo que nunca,me espero cualquier cosa,de hecho me he trasladado temporalmente a casa de mis padres para estar solo lo menos posible.
Y por supuesto yo no pienso ir a "secuestrar" a mi hijo,que me lo de ella por las buenas y en condiciones(con sus enseres) le he dado mas de una semana para que lo haga y como no sabemos nada,pues me temo que sera por la fuerza.Yo no queria esto y seguro ,como siempre,sera por mi culpa.

un saludo.
15/02/2010 18:12
Ante todo quiero dejar claro que no soy abogado, y que lo que voy a decir es simplemente una opinión personal que surge de la rabia que me dan este tipo de situaciones y que por eso tal vez sea un poco descabellada.

Negutón, consulta con tu abogado si no sería posible hacer lo que voy a decir:

¿No seria posible acudir al centro o colegio del menor y entregarles los papeles (sentencia) que te acreditan como padre custodio y llevarte a tu hijo? ¿Y además dar orden de que sólo tú o una persona autorizada por ti pueden sacar al niño del colegio?
Pienso que de esa manera, en el momento en que el niño esté contigo, tal vez puedas comunicarlo al juzgado, y apartir de ese momento, cualquier intento de tu ex de llevársele fuera de lo estipulado en el régimen de visitas sería una infracción grave y tendría una respuesta inmediata.

No se, igual es una estupidez, pero es lo que me plantearía yo si me pasara algo así.
15/02/2010 17:13
Hola.
Estoy totalmente de acuerdo con Emigrante, las demandas de ejecucion tardan lo suyo, por lo que entiendo que en estos casos es mejor acudir a la via penal por un dlito de sustraccion de menores, dado que en el articulo que menciona Emigrante, se dan todos los requisitos para la interposicion de la denuncia y por tanto, de las medidas deribadas en protocolo para la inmediata proteccion del menor ademas de ser presumible, que con esa actitud de la madre se le impute a esta un delito de resistencia a la autoridad, creame la via mas efectiva y rapida en estos supuestos es la penal.
Un saludo y suerte.
15/02/2010 01:48
Hola:

Neguton, de los juzgados puedes esperar cualquier cosa, yo he visto desmanes de todos los colores. Debieran mediar diligencias, pero.. En cualquier caso, el artículo es claro “Estos plazos se computarán desde la fecha de la denuncia de la sustracción.”

También he de comunicarte que te metieron un gol en comisaria. Es la típica para quitarse el muerto de encima:

1.- Están obligados a recepcionar tu denuncia no pueden decirte que no.

2.- No es cierto que sea más rápido denunciar en los juzgados, por lo menos es discutible. Vamos una gota en el océano el tiempo que tardan en pasarlo a los juzgados. Como referencia te diré que las denuncias que he interpuesto en comisaria por la tarde al día siguiente por la mañana estaban en el juzgado.

No te preocupes a mí hace mucho tiempo me tomaban el pelo así, incluso me las hicieron más gordas, pardillo que era uno en estos temas y en el amor creía. Hoy no se les suele ocurrir, aunque a veces lo intentan, dos o tres citas legales bastan para que les cambie la cara y se lo tomen en serio. Además, voy con la denuncia redactada y bien sustentada. Lo primero que hago es abrir mi carpetón y pongo en la mesa mi denuncia, el convenio y cualquier otro documento a anexar, luego empiezo con mi discurso.

Tranquilo con la abogada de tu ex, torres más altas suelen caer y muchas veces lo único que se paga es la marca, que algunos se piensan que contratar marca es como ir a Lourdes y el milagro está garantizado. Por otra parte no sería extraño que meta la pata en penal. En un juicio, hace poco, la abogada de mi ex, especializada en familia, actuó de tal manera en un juicio penal que hasta a mí me daba vergüenza ajena y le increparon la jueza y hasta el Ministerio Fiscal, se pensaba que estaba sustentando en civil. No le admitieron nada. Encima a mi ex le habrá salido más cara la abogada que la multa que le hubieran puesto.

Y, en efecto, hay que hacer todo lo que esté al alcance de nuestras manos y actuar rápido, pero cuando toca esperar no queda otra que esperar, aunque nos salga la tila por las orejas.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
14/02/2010 23:35
Emigrante

Muchas gracias por tu respuesta,si me permites tutearte,ya que me gustaria que hicieras lo mismo.
Creo que me he explicado mal en cuanto a la denuncia,ya que no la he visto.La denuncia la puso mi abogado en el juzgado que nos llevo el ultimo juicio(de hecho es el que nos ha llevado siempre todo),no la puso en la policia.`Por lo tanto no creo que ella sepa nada.No se como funciona esto,a quien da parte el juzgado,si a la policia nacional,guardia civil si corresponde...el caso es que dudo mucho que lo hagan de un dia para otro.El papel esta presentado el viernes asi que no se como lo haran y si esos 15 dias empiezan a contar desde que esta puesta la denuncia y a ella no se lo comunican ¿que pasa entonces?¿no sera desde que se lo comunican a ella?.Por que yo fui,el viernes,primero a la policia a poner la denuncia y no me dejaron hacerlo,me dijeron en la comisaria que al haber sentencia tenia que ir directo al juzgado,que ademas seria mas rapido.Asi que entonces llame a mi abogado(el queria que llevaramos tambien denuncia policial) y se lo explique y el fue al juzgado.
En lo de dejar pasar el tiempo,ya me lo imaginaba,pero es que para mi lo primero es hacer todo lo que este en mi mano para poder ver a mi hijo.Pero quizas sera lo que me tocara.

un saludo.
14/02/2010 22:13
Hola:

Neguton, su ex tendrá conocimiento de la interposición de la denuncia como mucho al día siguiente de haberla interpuesto su abogado, lo normal es a las pocas horas, es parte de las diligencias policiales. Por otra parte los plazos cuentan desde la interposición de la denuncia no desde que se lo comunican a ella.

Y sí, toda una lección de IGUALDAD ANTE LA LEY, el que ha nosotros nos detengan en cinco minutos a golpe de testimonio de parte, sin prueba alguna, y ellas cometan delitos de sustracción y sean capaces de hasta de pasearse con nuestros hijos sustraídos por delante de nuestras narices. Es que se lleva mucho eso de madre coraje que busca lo mejor para sus hijos y, claro, el que la custodia la tenga el padre es tan antinatural. Conductas criminales políticamente correctas a las que muchos organismos y asociaciones que funcionan con el dinero de TODOS los españoles suelen dar amparo. Esto es lo que hay en este país.

Me temo, Neguton, que en estos momentos deberá hacer gala de mucha paciencia y serenidad. Es probable que se abstengan, su ex y el abogado de su ex, hasta de comunicarle a usted donde se encuentra el menor y el firme propósito de devolverlo inmediatamente, luego habrá de esperar esos 15 días que se mencionan en el 225 bis, pues aunque salga condenada la pena no será superior a dos años, por tanto, no va a la cárcel ni tampoco le retirarían en ese caso la patria potestad. Por muy impaciente que esté, más de lo que ha hecho su abogado, considero que está siendo impecable en su actuar, no se puede hacer, aunque hable con el juez o el ministerio fiscal. Creo que debe dejar pasar el tiempo, esperar a que corran plazos, que pasen esos 15 días. No creo que pase más tiempo sin que le devuelvan al menor, sería de una gran insensatez, pues no sólo se enfrentaría su ex a una pena de prisión sino a una retirada de la patria potestad.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
14/02/2010 21:49
Ya,mañana ire a su despacho.Es que puso la denuncia el viernes por la mañana y los viernes por la tarde no trabaja,es que tambien tiene vida personal.Para mi desgracia no esta disponible solo para mi por que me esta ayudando muchisimo.De hecho el quiso poner la denuncia unos dias antes pero yo le dije que no,que preferia hacerlo por las buenas,no queria que tuvieran que arrancarle a mi ex a nuestro hijo,que solo tiene 4 años.Hablo con la nueva abogada de ella el martes y dijo que ya nos llamaria,como supongo que va de diosa(lleva 30 años de abogada de familia,feminista a ultranza,conferencias...),pues no se ha dignado a llamar.

un saludo.
14/02/2010 21:42
Creo que emigrante tiene toda la razón. Asegurate que denuncia (por que articulo) ha interpuesto tu abogado. De hecho te deberia haber mandado la demanda completa (por lo menos el mio cada paso que da, me lo manda todo el documento entero para ver si estoy de acuerdo) y luego una vez entregado por procurador, me lo manda, entiendo que es lo normal que sepas la demanda completa.
14/02/2010 21:33
Gracias por vuestras respuestas.

Mi abogado puso la denuncia penal el viernes por lo que entiendo que no haya habido ninguna actuacion policial.Creo que la puso en amparo,no de incumplimiento,si no de sustraccion de menores.Claro,si a ella le llega la denuncia es posible que obre con sensated....pero ¿cuando le llegara?¿una semana,un mes,tres meses...?.Se ha cojido una abogada de muchisimo prestigio y seguro que ya sabe que le va a caer la denuncia,pero seguro que se agarraran a cualquier resquicio legal.¿por que cuando lean la denuncia en el juzgado no mandan a la policia a detenerla?.Claro,era mucho peor lo mio ¿no?.Me puso una denuncia por matrato psicologico y a las 5 minutos vino la policia a por mi.
Si esto fuera al reves yo ya estaria en la carcel.
Al PEF yo voy por que asi lo dice la sentencia,en el centro consideran que hago lo correcto y que informaran al juzgado.Claro que parece que no tiene sentido ir,si se que no va a estar mi hijo y sobre todo ir el viernes que es cuando yo se lo tendria que dar a ella,si lo tuviera yo.Pero por mi no va a quedar.
Mañana mismo ire a hablar con mi abogado y aunque pusimos la denuncia el viernes,quiero saber si puedo ir yo a hablar con el fiscal o con la juez que dicto la sentencia,para que sepan de la situacion y me expliquen que mas puedo hacer.Me niego a ver los dias pasar,ya son 21(primero incumplio el convenio de separacion,y ya me han citado para marzo) dias sin ver a mi hijo,10 desde que me dieron la custodia.

un saludo.
14/02/2010 21:18
máxime porque conocerá de sobra los tiempos de respuesta de los juzgados de su zona, creo que tiene razón en lo que las demandas de ejecución tardan, seguiría usted en las mismas dentro de ¿6 meses?, ¿9?, ¿12?, esto es algo con lo que cuenta la otra parte también y encima sabe que no incumple régimen de estancia y comunicación.

Por otra parte, Neguton, no se crea que esto es algo inaudito, poco común, hoy leía la siguiente noticia:

http://www.eldia.es/2010-02-14/SOCIEDAD/8-Denuncia-ex-mujer-secuestrar-dos-hijos-menores.htm

Como ve, desmanes de esta naturaleza están a la orden del día, con el apoyo y asesoramiento de la correspondiente asistencia letrada y, de momento, les sale bien, al no perseguirse estos delitos de forma tan contundente como se hace si el que los comete es el padre. Si usted o yo hacemos eso, estaríamos hace tiempo en el Hotel Barrotes. Por si quedaba alguna duda del tipo de país en el que vivimos.

Con respecto a que usted acuda al PEF no lo veo con sentido, dado que, en todo caso, debería acudir con el menor para hacer posible el régimen de la madre y usted no tiene al menor. No estoy de acuerdo con lo que comenta Gorana, poner una denuncia cada vez que no viene, pues usted no tiene al menor, luego carece de sentido denunciar que ella no va al PEF a cumplir con el régimen de estancia que le hayan asignado a ella. En este caso la denuncia si que vale y mucho, si le condenan al amparo del 225 bis, pena X de cárcel más retirada de la patria potestad, como para no valer y seguir en sus trece. Por cierto, recuerde que los plazos que se mencionan en el 225 bis, en el mismo artículo se cita, se cuentan a partir de la interposición de la denuncia, por tanto, como le van a comunicar la interposición de la denuncia y la naturaleza de esta, de no mediar insensatez, es probable que le entregue a su hijo inmediatamente, pero debe denunciar por este concepto.

Tómese estos, mis comentarios, más o menos acertados, como orientativos, como opinión más o menos útil, pero, ante todo, deberá ser guiado por su asistencia letrada. No se corte, comente con su abogado el tema, que le explique bien las actuaciones que va a realizar, coméntele sus dudas e inquietudes.

Salvo mejor opinión.


Un cordial saludo
14/02/2010 21:17
Hola:

Neguton, en mi opinión, su ex y el abogado están jugando a un juego muy peligroso. Por una parte se agarrarán a que no incumplen con el régimen de estancia y comunicación porque no existe ya tal régimen, al haber sentencia que le otorga a usted la custodia. Por otra parte intentan sustraerse, quizás, al delito de sustracción de menores del 225 bis de nuestro Código Penal al no haberse hecho efectivo el cambio de custodia aprovechando la situación de discriminación que padecedemos en este país todos los varones. Para mí es un error, pues creo que se puede aplicar dicho artículo, exactamente el 225 bis 2.2:

“Artículo 225 bis.


1.El progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.


2.A los efectos de este artículo, se considera sustracción:

1.El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.
2.La retención de un menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.


3.Cuando el menor sea trasladado fuera de España o fuese exigida alguna condición para su restitución la pena señalada en el apartado 1 se impondrá en su mitad superior.

4. Cuando el sustractor haya comunicado el lugar de estancia al otro progenitor o a quien corresponda legalmente su cuidado dentro de las veinticuatro horas siguientes a la sustracción con el compromiso de devolución inmediata que efectivamente lleve a cabo, o la ausencia no hubiere sido superior a dicho plazo de veinticuatro horas, quedará exento de pena.
Si la restitución la hiciere, sin la comunicación a que se refiere el párrafo anterior, dentro de los quince días siguientes a la sustracción, le será impuesta la pena de prisión de seis meses a dos años.
Estos plazos se computarán desde la fecha de la denuncia de la sustracción.

5.Las penas señaladas en este artículo se impondrán igualmente a los ascendientes del menor y a los parientes del progenitor hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que incurran en las conductas anteriormente descritas.”

Consúltelo con su abogado, entérese bien, es probable que su abogado haya interpuesto denuncia al amparo del 225 bis y no del 618.2 que sería una falta de incumplimiento de sentencia. Su abogado,
14/02/2010 19:42
Pero la denuncia penal no te va a solucionar el problema, que lo que tu quieres es que te de ya a tus hijos. La penal será para penalizarla por incumplimiento pero no la obligan a cumplirla. Yo creo que es necesaria la demanda de ejecución de sentencia. Pero yo no soy abogada, es solo lo que creo. Ademas, ha puesto solo una por penal? Solo una? Pero cada dia que usted acude a recogerlos no viene, tiene que poner cada vez que incumple. Ademas si usted tiene ya la custodia entiendo que ella entonces los tiene secuestrados.
Lo que ella y su abogado pretenden no es nada lógico. Con eso solo echan tierra sobre su propio tejado. Pero hay abogados muy malos, yo casi no necesité el abogado porque de lo mala que era la de mi contrario ya me beneficiaba....
14/02/2010 10:58
Como poder hablar puede, que se involucre lo dudo, perjudicarle a usted no lo creo, usted no a incumplido nada y es hasta comprensible su reacción.
14/02/2010 10:43
Gorana

Mi abogado,no ha hecho ejecucion de sentencia por que me ha dicho que es muy lento.Pueden pasar meses hasta que me de a mi hijo.Lo que ha hecho es poner una denuncia penal por incumplimiento,creo que es asi yo no lo he visto,que dice que es mqas rapido y eficaz.
¿seria mejor pedir tambien la ejecucion de sentencia?.¿que pretenden hacer mi ex y su nuevo abogado para justificar lo que estan haciendo?.No entiendo nada.

un saludo.
14/02/2010 09:47
Si puede. Y lo que debe hacer es demanda de ejecución de sentencia inmediatamente. Esa mujer esta mal de la cabeza, no se que pretende con eso ahora....