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¿Puedo demandar a mi ex via lo penal?

2 Comentarios
 
¿puedo demandar a mi ex via lo penal?
07/02/2007 09:44
me separe hara 3 años y medio. Despues de un matrimonio de 13 años donde sufri abusos psicologicos y fisicos continuos. " hijas fruto de la relacion. Despues de no comparecer en aqulla epoca para firmar el convenio. la juez le dictamina una pension alimenticia de 1200 euros. A lo largo de estos 3 años los ha ido pagando haciendome sufrir cada mes, pero ya hace 5 meses que no hace dicho pago. Todo esto no lo he denunciado porque como esta continuamente cambiando de trabajo, pues esperaba que se le solucionaran las cosas . ahora esta trabajando de nuevo y el tema es que no le importa mucho cumplir porque ve que hasta ahora he podido substir y ya no hace ni caso. Es decir he obrado en nuestra contra cediendole tiempo a que solucionara sus asuntos. El Asunto ahora es que justamente el jueves dia 8 de febrero va a ir al notario para recoger las ultimas voluntades de su padre .El cual le cede solamente la legitima del piso. como estoy preoucupada porque se vaya a gastar todo el dinero en droga y malvivr , quisera saber si es posible ponerle una demanda via lo penal por no haber pagado la pension de sus hijas y pudiendole embargar parte de la legitima. ya que es lo unico que se le puede embargar , ya que la nomina no es viable porque cambia continuamente de trabajo. Ya en dos ocasiones se las embargaron en dos trabajos distintos , pero ahora no funcionara.
Les detallo un poco el perfil de mi ex-marido:
Mi e-marido con antecedentes de malos tratos a mi y posteriormente tambien con varias denuncias-graves de sus novias por lo mismo. Además es un gran consumidor habitual de cocaina y alcohol.

Saben Uds. como fucionan los procedimientos via penal? habra tiempo de embargar antes de que cobre? Cuanto tiempo suele tardar ?

Muchas gracias de antemano
07/02/2007 10:16

Hola Agata. El código Penal establece las penas que puede imponerse a un progenitor que incumple con sus obligaciones alimenticias respecto a sus hijos. Concretamente el art. 227 establece:
1. El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses.

2. Con la misma pena será castigado el que dejare de pagar cualquier otra prestación económica establecida de forma conjunta o única en los supuestos previstos en el apartado anterior.

3. La reparación del daño procedente del delito comportará siempre el pago de las cuantías adeudadas.


Con lo cual, puedes ejercitar la correspondiente acción penal contra tu ex. y será sancionado, a parte de la pena correspondiente, al pago de las pensiones impagadas. También puedes, por la vía civil, ejecutar la sentencia de la juex para que pague las pensiones atrasadas. Puedes pedir, en caso de impago, se le embarguen todos sus bienes hasta cubrir la cantidad adeudada.
07/02/2007 10:39
Muchas gracias msampere,

He entendido bastante bien los dos procedimientos que puedo seguir.

Tengo algunas dudas todavía :
1º-No sé si será mas rápido avisar que lo voy a llevar por lo penal...o ejecutarlo. Ya que ahora todo esto me hace pensar que teniendo antecedentes varios es muy probable que tuviera que cumplir prisión. Con lo que imagino que casi seguro le interesará llegar a buen entendiemiento para abonar las cantidades pendientes. Me recomiendas avisarle antes?
2.- La familia y yo estamos luchando desde hace años para que se desintoxique y se ingrese en un centro . Ahora, mas que nunca, lo que yo desearía es que se ingresara antes de cobrar el dinero.Sé por otra ocasión en la que también recibió el dinero de una venta del piso nuestro y lo gastó todo cojiendose un año sabático. Crees que podria utilizar, ahora, de alguna manera la denuncia via lo penal para coaccionarlo para que se ingresara? Entonces para hacer esto si es viable. No necesitaria primero ejecutarla ? O simplemente amenazando seria suficiente? Creo que no, verdad?

bien estas son mis dos preguntas mas importantes. Tengo otra pregunta también , pero preferiaria ver que opinas sobre dos temas anteriores , ya que son mas prioritarios,pero igualmente te comento :

yo justamentene ahora me he quedado sin trabajo. . De hecho coji una depresion y el médico me dió una baja de 2 meses, a la semana de estar de baja me han obligado a firmar la renuncia. Ya está hecho y no hay marcha atrás. no tengo derecho a paro.todo esto es importante para los caso expuestos anteriormente? o no influye para nada?

Muchísimas gracias...