¿Y qué pasa si cuando pase el plazo que pagó por adelantado?
Debería asegurarse de su solvencia en España... Luego se marcha dejando deuda... y échale un galgo.
La LAU obliga a identificar a las partes al formalizar por escrito el contrato. No dice nada que tenga que ser con NIE, o DNI. El pasaporte debería bastar.