Hola. Resumo:
Actualmente cobro 426€ y mi mujer tambié. Tenemos 2 hijos y a duras penas vamos comiendo.
Hoy, acaba de llegar mi mujer diciendo, que como el banco por donde cobra el subsidio por desempleo (426€) se ha fusionado con otro donde se deben varios recibos de préstamos... le han pasado ese importe al otro banco. ESTE MES SI QUE NO COMER!!!
Y ahora qué hacemos? Ufff.
Gracias.
Pdta.: mi mujer lo lleva fatal, yo soy más positivo y paso de bancos y de historias a las cuales no puedo hacer frente. "Aunque este mes solo nos queda lo mío para comer" Menosmal que vivimos en casa de un familiar!
Creo que legalmente no se puede embargar un sueldo, venga de donde venga, si este es inferior al salario mínimo inter. Eso, qué podemos hacer. Como reclamar eso? Al margen de que mañana cambiará el banco de comiciliación de la ayuda.
No se puede embargar ninguna remuneración que sea inferior al SMI establecido para el año en curso. Por tanto, debeis presentar un escrito al banco solicitando el levantamiento del embargo, aunque ellos saben de sobra de donde viene ese dinero, intentadlo por esa vía, si no, ya tendreís que ir via judicial, aunque teneis las de ganar, ese importe es inembargable.
siento contradecir a IVIR pero creo que no es acertado tu comentario.es cierto que no se puede embargar ninguna remuneracion que sea inferior al smi,pero eso seria cobrado en mano,una vez que llega al banco,lo pueden sacar todo si en esa cuenta hay solo un titular,la mitad si fueran 2 titulares..etc.teniendo en cuenta que al banco le importa poco de donde le venga a usted ese dinero.No soy abogada pero por desgracia e pasado por esa misma situacion.El cambiar de cuenta es una solucion momentanea pero......dentro de unos meses le pasara lo mismo.
Mamasola, yo estoy en lo cierto, ya que si el dinero en cuenta proviene unica y exclusivamente del subsidio por desempleo, esté es inembargable. Otra cosa es que existiesen ahorros en la cuenta y otro gallo cantaría, pero en este caso, si se demuestra y los bancos lo hacen emitiendo un certificado, que los únicos ingresos provienen de una prestación, entonces aunque le practiquen el embargo, la administración tendrá que levantarlo ya que literalmente le están embargando la pensión inferior al smi. Otra cosa sería que la pensión la cobrase en mano y la ingresase él por su cuenta en el banco, ya que en este caso, el banco no tendría forma de acreditar de donde proceden estos ingresos. Lo digo con conocimiento de causa y estoy muy segura de que es correcto.
ivr tiene razon, hay que acreditar que el dinero que se ingresa en esa cuenta proviene de un subsidio con una cantidad inferior al smi inembargable, lo cierto es que el banco le va a poner trabas a la hora de hacer lo que se ha comentado, porque la dedua es con el banco y no con otro acreedor y ya sabemos de pie cojean estos.