Bastaría una renuncia simple, en este caso, no a favor de los hijos, pues ya pasará a los hijos. En principio no habría diferencia, pero quedaría más claro a efectos fiscales (las renuncias a favor de otro pueden salir caras).
Un cónyuge es heredero de algo que puede renunciar (al usufructo) beneficiando a los hijos, que verían su parte de la herencia libre de esa carga. Si existe testamento, y a salvo de que carece de objeto transmitir un usufructo al nudopropietario, se puede renunciar el resto en favor de los hijos.
¿puede una persona viuda renunciar a la herencia del cónyuge?
¿Puede una persona casada en gananciales, que se queda viuda renunciar a la herencia que le corresponde al fallecer su pareja en favor de los hijos de ambos?