El contador partidor lo eligió como tal el causante posiblemente en razón su cualificación profesional . Pero la jubilación no es más que un estadio administrativo, conexo a la seguridad social, que nada tiene que ver con la capacidad del designado albacea para llevar a buen término su misión, y desde luego la ley no contempla que la jubilación inhabilite al contador partidor; y donde la ley no distingue, no cabe distinguir.