Si hay un testamento, hay que ejecutarlo en sus propios términos. Si no hay testamento, pueden organizarse como quieran y consignar que "fulano se da por satisfecho de su porción legítima" en la escritura de aceptación de herencia.
Muchas gracias, mi duda referente a la legítima era que pensaba que era obligatorio. Por lo que me dice y si todos los herederos estan de acuerdo, entiendo que no, és decir, podria ser una cantidad nenor
Hay que cumplir a rajatabla y en sus mismos términos la voluntad del difunto expresada en el testamento. Las disposiciones testamentarias no se pueden modificar por personas distintas del otorgante del testamento, porque eso sería defraudar la última voluntad del causante y sustituirla por un acuerdo exógeno entre otras personas. En el primer caso, lo que dice usted del dinero y el piso, en realidad aceptando las cosas de esa manera se está respetando lo que decidió el finado. Pero en el segundo caso (un reparto de herencia en legados) no se puede modificar de ninguna de las maneras. Si ustedes quieren, una vez aceptada la ejecución testamentaria, organizar el que ya es su patrimonio de otra manera, pueden permutar o venderse entre sí lo ya adjudicado.
¿puede un heredero aceptar una legítima menor de la que le correspondría?
Buenos dias, Puede un Heredero acceptar menos legítima de la que le correspondria, si todos estan de acuerdo? Por ejemplo, alguien deja un piso a un hijo y dinero al otro. Si al hora de heredar el dinero no llega a la legítima, habria algun problema legal? En el bienentendido que todos estan de acuerdo. Otro ejemplo, se podría variar el reparto, siempre con el acuerdo de todos?