Totalmente de conformidad con lo expuesto. La herencia indivisa puede comprarse o subastarse pero eso no le da derecho a su adjudicatario a tomar posesión de la vivienda sino que éste, como acreedor de la masa hereditaria, o coparticipe, tendrá derecho a participar en las operaciones particionales de la herencia que ha adquirido pero siempre será un Juez o Magistrado el que determine la adjudicación de la vivienda salvo acuerdo entre las partes que abriría la aceptación a un procedimiento de jurisdicción voluntaria bien ante el Letrado de la AJ o bien ante Notario. Recopile toda la documentación que tenga del asunto y póngase en manos de un abogado de confianza experto en Herencias. Déjese asesorar por un profesional en la materia en quien confíe pues es tema complejo para ser resuelto en un foro pues deben analizarse documentos, embargos, contratos...que los profesionales del Derecho están acostumbrados a manejar. Posiblemente ese abogado le podrá explicar pormenorizadamente todo lo que ha ocurrido en este asunto. Mucha suerte y siempre salud.
Si la herencia no estaba repartida, no pudieron subastar los derechos hereditarios de su madre. En todo caso, los de su tío. Hay masas hereditarias que no tienen todavía dueño por no haberlas aceptado los herederos; pero solo se pueden exigir las deudas que hay contra la masa (por ejemplo, una hipoteca ) y jamás las que tengan personalmente los herederos. Aun en el caso de que hubiesen subastado los derechos hereditarios de su tío, esto no hubiese supuesto en absoluto que el nuevo propietario lo fuese de la masa hereditaria, sino del derecho a repartirla. Por lo tanto, debe usted informarse bien acerca de lo que ha ocurrido, y volver a formular la pregunta.
¿puede hacer uso y modificaciones de la casa y fincas?
Hola buenos días.
Mi madre dispone de una herencia no repartida con su hermano ya fallecido.
Este hombre cometió un delito por el cual terminó sus días en prisión y su herencia fué embargada.
Tras su muerte la herencia fué subastada de manera pública sin notificación alguna a mi familia.
Una tercera persona compró la herencia (recordemos,no repartida) y mi madre recurrió en plazo aportando el dinero al contado.
Actualmente el caso se encuentra en Madrid a espera de dictar sentencia.
Esta tercera persona, mientras tanto, se dedica a hacer uso y modificaciones en la casa y finca mientras la policía dice que no tengo forma de reclamar, dado que, perdonen la redundancia, la herencia no está dividida.
Mi pregunta es, esta tercera persona puede comportarse de la manera en que lo está haciendo? Muchas gracias.