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Publicidad engañosa

4 Comentarios
 
Publicidad engañosa
11/03/2010 12:55
Meses atrás realizo en mi vivienda una reforma encaminada a la instalación de un sistema de calefacción eléctrica y en ella invierto una cantidad importante de dinero, al final compro la calefaccion, (calor azul) de bajo consumo, y desde el primer día que la vengo controlando los consumos, para nada se aproximan a lo publicitado y donde dicen que tiene que gastar un 14%, a mi nunca me baja del 50% de consumo de energia.
Pongo una denuncia a través de la OCU y me contestan diciendo que para ellos la calefacion funciona bien y que tienen unos certificados expedidos por la Escuela Tecnica Superior de Ingenieros Industriales de Madrid que avalan lo publicitado.
En la OCU por último me dan dos opciones, 1 ir a la Junta Arbitral de Consumo, y 2 acudir a la Jurisdicción Ordinaria.
¿Alguien me puede aconsejar que hacer?
11/03/2010 17:57
Si vas a la jurisdicción ordinaria tienes que contratar a un abogado para que prepare y lleve la denuncia y pagar también al procurador; sin embargo la Junta Arbitral de Consumo es gratuita. Supongo que si en su momento presentaste la reclamación en la OCU es por que prefieres esa vía y si es así yo creo que deberías optar por la junta arbitral.
11/03/2010 19:49
Gracias por contestar x-aaa, te voy a ser un poco mas explicito. Lo de la jurisdicción ordinaria ya se que siempre lo tengo ahí. Mi duda principalmente es si podré defender correctamente el tema en la junta arbitral, ya que desconozco completamente como funciona, y tengo entendido que después ya no hay opción a nada mas. En la vista o como quiera que se llame ese acto, ¿yo tengo asistencia jurídica con la que me pueda ver antes y preparar la defensa del tema?. Lo pregunto por que considero que es vital para la defensa, ya que me tengo que enfrentar a las certificaciones de la Esc. Tec. Sup. .......... y me parece un poco fuerte.
11/03/2010 23:24
No creo que haya problemas en que, si quieres, vayas acompañado a la audiencia por un abogado; lo que en cualquier caso necesitarás sea en juzgdo o en arbitraje medios de prueba suficientes.
12/03/2010 18:35
Lo 1º de todo es que ambas partes han de aceptar el arbitraje, por lo que si la empresa no está adherida el arbitraje no tendrá lugar.

Lo 2º es que el arbitraje de consumo se presume de equidad, para que sea de Derecho ha de estar aceptado expresamente por el consumidor, por lo que en ppio no sería obligatorio el abogado. Siendo de Derecho (dependiendo de la materia y la cuantía) sería obligatorio el abogado, que por cierto siempre es recomendable.

Por ello, lo mejor es buscar alguno de tu ciudad y él te aconsejará lo más adecuado.