Hola,el viernes tengo papeleta de conciliacion en el smac por despido,entiendo que pueden pasar varias cosas.
1-reincorporacion en la empresa pagando los salarios de tramitacion(la reincorporacion de estar deacuerdo en cuanto tiempo efectua).
2-aceptacion de despido improcedente y pago de indemnizacion correspondiente.
3-no llegampos a ningun acuerdo y demanda ante el juzgado.
Pueden pasar mas situaciones?en caso de reincorporacion en cuanto tiempo se efectua?yo tengo la conciliacion el viernes y no se que va a pasar,me podeis hechar una mano?un saludo-
La cuarta opcion es que la empresa reconozca la improcedencia opte por la reincorporacion y decidas seguir adelante con la demanda y no te reincorpores, no obstante esa opcion es valida para el caso de solicitar la nulidad del despido.
gracias picachu,si me readmiten yo he cobrado dos indemnizaciones por finalizacion de contrato,una hace 19 meses del primer contrato de tres años y la ultima cuando me dieron la carta de despido por finalizacion de contrato segun dicen ellos.
en caso de readmision supongo que la ultima indemnizacion la tendria que devolver por compensacion con los salarios de tramitacion pero la de hace 19 meses?no ha prescrito cualquier reclamacion si a pasado mas de un año tanto por las dos partes?me refiero a empresa y trabajador.
muchas gracias picachu me estas siendo de gra ayuda.un saludo-
Solo tendrias que devolver la ultima indeminzacion ya que cualquiler indemnizacion anterior al año habria prescrito para podertela reclamar, en el caso de que tu antiguedad se estime desde el primer contrato.
picachu el pago de la indemnizacion de despido la tengo que calcular hasta el dia que me despidieron o hasta el dia de la conciliacion,se que tengo que calcular los salarios de tramitacion desde el dia de despido hasta el dia de conciliacion pero la indemnizacion de 45 dias por año no se si hasta que me despidieron o hasta conciliacion.muchisimas gracias.no sabes lo que te agradezco tu ayuda.
si no estas picachu alguien me puede responder a la pregunta?si me readmiten he visto que la readmision es a los tres dias,pero desde que la empresa dice en conciliacion que me readmite o se lo tienen que notificar a la empresa y ella a mi?gracias
La indemnizacion se calcula hasta el despido, una vez que opten por la reincorporacion tienes tres dias para reincorporarte, no hace falta notificacion alguna, el acta de conciliacion es lo que cuenta.
Gracias picachu,los tres dias son naturales o habiles,por ejemplo si me readmiten mañana viernes me reincorporo el martes?el lunes?muchisimas gracias.Te debo unas cañas.
hola rupelli !
El martes tengo que ir al acto de conciliacion, y por lo que lei tenias las mismas dudas que yo, y digo tenias por que supongo que ya habras ido al smac.
Si esposible me gustari que contases como se desarrollo el asunto y si te ricorporaron o no.
desde ya gracias
Hola picachu y james 73,ya fue la conciliacion y no hubo acuerdo,me dijeron con una chuleria de mal nacido que no habia nada que hablar y que de acuerdo nada,osea que entramos firmamos y ya esta,mañana presento demanda ante el juzgado,vamos que la razon la podemos tener uno,otro o en su medida los dos pero con la prepotencia no paso y que sea un juez el que dictamine quien tiene razon,sea para bien o no lo acatare y ya esta pero lo que no puedo permitir es que esten jugando con mi futuro y encima reirles las gracias.espero haberte sido de ayuda james y a picachu que ya te hare mas preguntas segun vaya andando el tema.gracias.
No te preocupes por la falta de conciliacion previa, es algo habitual, despues en el pasillo del juzgado la empresa se suele poner mas a tiro y la prepotencia se pierde, por cierto si puedes adelantar algo del motivo del despido te puedo ir dando ideas.
Hola picachu,presente la demanda el dia 2 y todavia no se nada,te cuento me hacen un primer contrato de obra y servicio sin especificar ninguna obra y me tuvieron 3 años de obra en obra,a los tres años me liquidan el dia 9 y el diez me hacen otro contrato igual ahora especificando una obra concreta,cuando cambio de obra firmo una aceptacion expresa de obra,al año y medio de este contrato y sin haber terminado la obra ni haber quitado mi maquina de trabajo puesto que soy gruista me dicen que no hay trabajo y que me despiden por finalizacion de contrato,firmo la liquidacion y finiquito y un dia paso por la obra y veo que mi maquina sigue durante un mes mas y trabajando con un compañero mio,hablo con mi abogado y me comenta que mi primer contrato esta en fraude de ley y que debo demandar,yo le comento lo de que he firmado la liquidacion y me dice que eso no tiene nada que ver,por que no pedimos reclamacion de cantidad,estoy a espera del juicio y ya veremos por donde salen esta vez.Como lo ves?muchas gracias.
Al final no he entendido si lo que has puesto es una demanda por reclamacion de cantidad o una demanda por despido, te lo digo mas que nada por los comentarios que haces "UN DIA PASO POR LA OBRA Y VEO QUE MI MAQUINA SIGUE DURANTE UN MES MAS" para el despido hay 20 dias habiles, pusiste la demanda en plazo ? "POR QUE NO PEDIMOS RECLAMACION DE CANTIDAD" si has puesto reclamacion de cantidad nada tiene que ver si los contratos estan en fraude, aclarame esto y podre ser mas explicito.