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Prorrateo del improcedente

9 Comentarios
 
Prorrateo del improcedente
perfil axl
09/11/2005 20:12
Dos cuestiones:
*¿Es legal ofrecer a un trabajador prorratear anualmente un posible despidido improcedente?. Es decir, pagar anualmente los 45 dias por si en el futuro se produce el despido improcedente. ¿Y si en vez de despido se produce una baja voluntaria?. ¿Y si en vez de improcedente el despido fuese nulo?. ¿Y si en vez de 45 ofrecen hacerlo por 33 por un posible despido objetivo improcedente?. ¿Si no es legal se puede hacer un acuerdo privado?. A priori parece positivo para el trabajador, (cobrar por algo que igual no te corresponde) y por eso me escama.
*Si se tiene indefinido en una sociedad y el empresario quiere pasarte a otra sociedad nueva, ¿es necesario hacer un nuevo contrato o con un acuerdo firmado por ambas partes y comunicado a la SS vale?

Gracias y salu2
09/11/2005 20:13
¿Estas de coña.? Vamos. Seamos serios, por favor.
09/11/2005 20:18
y yo que pensaba que lo habia visto casi todo
perfil axl
09/11/2005 20:20
jejejejjeje.
Mi querida Ninfa, te juro que se lo han propuesto a una amiga mia (no en mi empresa). Las dos cosas a la vez. Dice que es para no tener que hacer frente en el futuro a una indemnizacion importante, que prefiere pagarlo poco a poco. Si yo es que me he quedado pillado. Me lo ha tenido que repetir tres veces y por eso me dije:
1-Escribir a los foreros para que me ayuden.
2-Ir a pedir trabajo alli.

Saludos
09/11/2005 20:37
Hola.

Cousas veredes, que decía Gorechiño.

Me gustaría ver la cara y leer lo que pone el nmagistrado el día que se produzca ese "despido a plazos"

Lamnento no poder ayudarte, es que a mi me parece un verdadero disparate.

Saludos.
perfil axl
09/11/2005 21:12
jejejejej.
Unos se dan ostias por no pagar y otros por pagar. Es justo lo que yo le he dicho. Se lo han propuesto y le han dicho que iban a comentar con el gestor la legalidad, y que si no era legal, lo podrian hacer por su cuenta. Le dije que lo consultaria pero que de primeras le decia que un juez fliparia con eso. Claro que si tras el despido no hay denuncia, porque ya te lo han ido pagando, no llegaria a un juez y por ahi me perdi sobre si se podria hacer o no. Muchas gracias Ninfa.

Con respecto a la segunda cuestion ¿que me dices?

Salu2
09/11/2005 21:21
Respecto al contrato de trabajo,teneis que remitir un escrito al Inen en donde la empresa cesionaria declara que se subroga en todas las obligaciones del contrato de trabajo vigente del trabajador con la cesionaria, declarando asi mismo que asume la antigüedad del trabajador debido este escrito ir firmado por el trabajador tambiem.
En cuanto a la SS escrito en el mismo sentido o cumplimentar mod. TA8
Saludos
10/11/2005 10:26
Evidentemente, si tu amiga no denuncia, la indemnizacion se la puede pagar hasta con kilos de lechugas.
Por otro lado su jefe no ha pensado en ingresar esa prorrata mensual en una de sus cuenta bancaria, (que al menos le dara intereses), y si llega a despedirla algun dia, usar tal dinero para afrontar la indemnizacion.

Pd. Hacia tiempo que no me arrancabais una carcajada como la de hoy.
10/11/2005 11:04
Pero es que si no denuncia será por buena fé (o ingenuidad) de la trabajadora, porque si al final la despiden sin causa suficiente o que pueda ser acreditada, no veo que sea defendible que sirva como indemnizacion lo que le han ido pagando mes a mes supuestamente a cuenta de ese despido.

En todo caso, el trabajador deberá tener en cuenta que esa percepcion que va a recibir mes a mes, para Hacienda dificlmente va a tener el tratamiento de la indemnizacion por despido, por lo que tributará, como una remuneracion dineraria más.

Por otro lado, si la final no le despide, ¿le tendra que devolver al empresario lo pagado por esa hipotetica indemnizacion por despido cuando cauase baja voluntaria, se jubile en la empresa, etc?

La verdad es que es un planteamiento de lo más surrealista.

Saludos
10/11/2005 12:10
Pero es que encima esa porrata se calcularia con el salario inicial, cuando lo logico es que se calcule con el del mes anterior al del despido, que probablemente sea mayor al del mes en el que se comenzo a trabajar.