el dia de la vista en abreviado contencioso administrativo, ¿se puede presentar un informe pericial que no haya sido propuesta cuando se presentó la demanda?
gracias
Entiendo que no, tendría que haber sido aportado con la demanda.
El demandado si puede hacerlo, pues está en el momento procesal oportuno.
Art. 78.2 .- El recurso se iniciará por demanda, a la que se acompañará el documento o documentos en que el actor funde su derecho y aquellos previstos en el artículo 45.2.