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20 Comentarios
Viendo 21 - 20 de 20 comentarios
19/09/2022 17:58
Fernandez1
Debería haber iniciado un hilo nuevo de preguntas ya que este es antiguo. Y le respondo.

Dado que el inmueble se encuentra en Cataluña, es de aplicación el código civil catalán. Pero se lo voy a poner fácil. Debe mirar éste artículo:

Artículo 553-21. Convocatorias en la web que le dejo más abajo.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-11130

Para cualquier consulta más, pregunté.