Si la propietaria ha notificado un domicilio y no acepta la correspondencia no veo problema. La LPH solo dice que se enviarán a la dirección que el propietario haya designado. Es problema de él el cogerlas o no cogerlas. A Ud. lo que la interesa es tener constancia de la remisión y de su contenido.
Pueden probar a mandarla a la vivienda, sin poner destinatario. Si el inquilino la recoge, pues ya está.
Y si ponen una diligencia en el interior del portal, diciendo que ha sido enviada fehcientemente una comunicación a la propietaria de la viviende tal, notificación qu eno ha recogido y que lo ponen a los efectos de ...., pues creo que vale. Pero evite nombres en tablones.
En mi edificio hay una propietaria que no habita en el piso pero lo tiene alquilado. Por un asunto de la comunidad (NO por morosidad) se le envió un burofax a la direccción que dejó para notificaciones, pero lo ha rechazado. ¿Qué podemos hacer ahora? La redacción del art.9 no me deja claro si llega con ponerlo en el tablón de anuncios (que, por cierto, no tenemos) o eso es sólo después del intento de notificación en el piso. Gracias.