Soy propietario de un bajo comercial que lo herede de mis padres,mi mujer y yo montamos una cafetería la licencia la pusimos a nombre de mi mujer,ella autónoma y yo autónomo colaborador,n o hay contrato de arrendamiento,en abril nos divorciamos,ella sigue trabajando yo no.Que puedo hacer para que desaloje el bajo comercial.Un saludo
Pasamos del tranquilo y seguro jardín del arrendamiento urbano a las procelosas aguas del derecho de familia,
En teoría, la sentencia de divorcio disuelve la sociedad de gananciales, aparte del hecho de que dicho local, adquirido por hernecia, es un bien privativo del heredero ¿qué dice la sentencia de divorcio sobre el uso y disfrute, o el usufructo, del local?
Si no ha prosperado el precario, deberá intentarlo por la vía de la modificación de medidas. O tal vez por un proceso del art. 41 de la Ley Hipotecaria. Su abogado sabrá escoger la vía más conveniente. Atento a la prescripción.
Véase:
SAP Las Palmas núm. 21/2006 (Sección 4ª), de 23 enero.- "...Ahora bien, el procedimiento en cuestión, especial, sumario y de cognición limitada, no es el cauce procesal idóneo para discutir o analizar la existencia plena de cualquier relación jurídica o contrato, bastando a tal efecto la mera aportación de un título de ocupación que indiciariamente ofrezca verosimilitud para que sea preciso desestimar la demanda y reservar a las partes sus derechos para el juicio declarativo correspondiente"
La explotación de un negocio es un bien valuable y tasable en dinero, pida usted al juzgado que amplie o modifique las medidas acordadas en el divorcio.
Bueno, pues entonces lo que no entiendo es por qué desestimaron la demanda de desahucio por precario.
¿Puede decirnos ud. cual fue el motivo de la desestimacion?
No hubo medidas acordadas,fue un juicio de divorcio contencioso y el juez me dio a mí la custodia,pero no dijo nada en referente al negocio familiar,como no es un juicio pactado puedo pedir al juez que amplíe o modifique la sentencia??
Los divorcios no son mi especialidad y este foro es el de arrendamientos: tal vez en el foro de derecho de familia de esta misma página le puedan orientar mejor. Hasta donde yo sé, siempre se puede pedir que se modifiquen las medidas acordadas en el juicio de divorcio. Y se puede y debe liquidar todo lo que los divorciados tengan en común.