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Propiedad intelectual en internet

1 Comentarios
 
Propiedad intelectual en internet
10/04/2008 23:37
Es solo curiosidad a ver si alguien me puede orientar.

Hace un tiempo fue expulsado de un foro donde llevaba participando varios años desde sus inicios, pues bien, fui expulsado por que de ese foro se creo un cub y el administrador sabiendo que tengo muchos "seguidores" considera que soy una amenaza como contrincante en unas posibles elecciones, al expulsarme del foro no puedo ser socio del club y no puedo ser oposicion.

En ese foro hay muchos temas creamos por mi, algunos con fotos y mucha informacion tecnica.

Segun he podido leer en la ley de derechos de autor, yo soy el propietario de los que escrivo y tengo derecho a poder aceder a ese informacion que esta en sitios restringidos donde ahora no puedo aceder ni a leerla.

Segun un abogado, pero que es de familia, me ha dicho que denuncie al Club, que como creor de esos temas tengo derecho a tenerlos en mi propiedad, que puedo exigir que me sean entregados en algun formato digital y luego pedir que sean borrados de dicho foro.

Osea unos 7000 mensajes, lo que seria una putada para el foro ya que aun despues de mas de 1 año sin participar soy o uno de los 5 foreros con mas mensajes.

¿ que opinais?

¿Los usuarios de foros estamos indefensos o tenemos derechos como usuarios?

Gracias.
11/04/2008 23:08
hola que tal, mira te puedo decir que la Ley de Propiedad Intelectual protege tus temas creados en los que encuadren como creación de acuerdo al Art.10 que establece:
Artículo 10. Obras y Títulos originales.

1. Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro, comprendiéndose entre ellas:

Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza.

Así mismo como Autor la ley te otorga los denominados derechos morales que se encuentran en el art.14 y particularmente al que te refieres que es el establecido en su parrafo 7

Acceder al ejemplar único o raro de la obra, cuando se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda.

Esto es para el acceso a la obra en este caso, aportaciones, reportajes y eso que mencionas.

Por lo cual estimo que si podrías solicitar al foro la retirada de la información (aunque en este caso la ley también habla de que se podra realizar la retirada del comercio y previa indemnización de daños y perjuicios)

En cuanto a las fotografías estas tendrán la protección de mera fotografía con lo cual se establece que tu como el titular de los derechos eres quien puede autoriza/prohibir la reproducción y comunicación pública a través de la puesta a disposición de tus obras en la red.

espero te sirva la información