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propiedad horizontal

5 Comentarios
 
19/07/2004 18:09
La puerta puede estar asegurada por ambas Pólizas, la de la comunidad y la de la vivienda, en la de la comunidad si no se expresa su exclusión, estará cubierta. Pero si la has cambiado y no es la original del edificio, el peerito puede decirte que "tururú". en el caso en que esté cubierta por las dos pólizas se reparte la indemnización según capitales y coeficiente de participación de la vivienda en el edificio.
19/07/2004 00:08
Correcto Lexis para el cobro de cualquier siniestro por robo, atraco, o expoliación es preceptivo presentar la denuncia efectuada en comisiaría.
Bueno lo consideradaba una obviedad, ¿te imaginas si no fuera preceptivo, cuantas veces entraban a robar en nuestra viviendas? bueno no quiero ser mal pensado era una broma.
18/07/2004 19:21
¡Ojo!. Para que tu Compañia de Seguros te abone los gastos de reparacion tienes que presentar parte de denuncia de la Policia.
17/07/2004 10:10
Por favor.
La poliza de seguro (cualquier seguro) cubre el robo y los daños por robo. Esto es rotura de puertas, ventanas o cerraduras.
No tienes que pagar nada toga. Por supuesto en este caso es la compañia de tu vivienda, no la de la comunidad.
Ricardo
30/06/2004 23:34
si la puerta de acceso a tu vivienda, te refieres a tu propia puerta es un bien privativo ningun vecino, ni nadie, tiene derecho sobre ella porque no es comun.Es decir si decidieras cambiar la cerradura, tendrás que asumir tú el gasto ( no se te ocurra, perdir el dinero a los vecinos) y consecuentemente la llave será para ti, no tendrás que dar llaves a nadie de la comunidad, precisamente, porque es un bien privativo, y no un bien común.
Espero y confio, que con este simple ejemplo, tendrás las cosas más claras y sigue reclamando a tu seguro particular.
un saludo, toga.
Propiedad horizontal
29/06/2004 15:07
por robo me causan daños en la puerta de acceso a mi vivienda, a que compañía solicito indemnización a la de mi vivienda o a la de la comunidad, mi seguro dice que es bien común y el de la comunidad privativo.- URGENTE