He leído varias veces tu tema, y faltan tantos datos que tal como lo planteas es aventurarse a contestar.
1 titulas tu tema: Propiedad horizontal tumbada en terreno rústico
Porque dices que es una propiedad horizontal tumbada, en que te basas, y en suelo rustico, si es suelo urbano, aunque este en un pueblo. (escribes El terreno es urbanizable, está incluido en un plan parcial).
2 Escribes: Tenemos un terreno rustico proindiviso dividido en 2 parcelas
Entonces si esta dividida la propiedad en dos parcelas, no hay proindiviso,
3 Que cuota tienes en el proindiviso, un 50%
4 Escribes nosotros queremos construir una vivienda mayor, una piscina, un cobertizo o cualquier otra edificación en nuestra parte del terreno?
Si la propiedad es un proindiviso, tu no tienes tu parte en el terreno, ni tu vecino tampoco, entonces estaríamos hablando que que podía existir un espacio de terreno compartido y ese seria el proindiviso.
5 Escribes ¿Necesitaríamos el permiso del vecino para construir?
Necesitarías el permiso del ayuntamiento, si es realmente un proindiviso que dudo, tanto el como tu necesitaríais el permiso entre ambos.
6 Escribes Hasta ahora cada uno ha hecho lo que ha querido, como si fueran dos parcelas independientes.
Tu vecino construye 200 metros mas una piscina, y tu 50 yo no lo entiendo.
7 Escribes con un vecino que nos propone hacer una Comunidad de Propietarios
Si es real que lo dudo que existe un proindiviso sobre toda la parcela, ya sois una comunidad, el articulo 392 del código civil. dice:
Hay comunidad cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece pro indiviso a varias personas.
Se necesitarían muchos datos para poder responder a este tema, los eruditos en la materia es posible que con estos datos si te puedan aconsejar.
Yo no se lo recomiendo: la constitución de una comunidad conlleva una serie de obligaciones, tales como la Junta Anual, o diligenciar el Libro de Actas. No añade -en el caso de ustedes- ninguna ventaja al régimen común de copropiedad.
Y por otro lado pueden verse compelidos a tener que tratar en Junta todas las modificaciones de los elementos comunes, algo que por otra parte también ocurre ahora pero en caso de tener una comunidad exigirá más formalidades.
Tenemos un terreno rustico proindiviso dividido en 2 parcelas con un vecino que nos propone hacer una Comunidad de Propietarios para que en el Registro constemos como los titulares cada uno de sus respectivas viviendas. Ellos tienen construido unos 200 metros y una piscina, nosotros solo tenemos una vivienda de unos 50 metros. En caso de constituir la comunidad ¿como afectaría esto si dentro de unos años nosotros queremos construir una vivienda mayor, una piscina, un cobertizo o cualquier otra edificación en nuestra parte del terreno? ¿Necesitaríamos el permiso del vecino para construir? Hasta ahora cada uno ha hecho lo que ha querido, como si fueran dos parcelas independientes. No nos gustaría firmar algo que luego fuera en nuestra contra. El terreno es urbanizable, está incluido en un plan parcial.