esa clausula de que no la puedes vender sin su consentimiento la pone en las escrituras?
Seguro que es 100% privativa o tu padre se ha reservado el usufructo para él?
Si, eso lo pone en las escrituras, pero tambien pone que es mio en plena totalidad y caracter privativo.
Pero me han comentado, que quizas explicandole a un juez, que no tengo ingresos, que la casa es muy cara de mantener, etc.. por que tengo que estar en esta situacion pudiendo tener un patrimonio de unos 300.000 o 400.000 euros? Podria comprar una casa mucho mas barata de mantener y tener un dinero ahi para ir tirando hasta poder encontrar trabajo.
Si no hay prohibición de alquilar, alquile como le han dicho.
El donante puede revocar la donación si intenta vender. ( mejor no pierda el tiempo con los juzgados...)
Mira ,no sé porque tú padre puso la clausula ,ni sé porqué te dono el piso .
Y tampoco explicas si la clausula es mientras viva tú padre ,o si nunca podrás vender el piso.
Pero si tú padre puso esa clausula seria por algo,y a lo mejor ese algo era para que tú no vendieras un piso que a ti no te ha costado ni un euro ,y te enriquecieras y optaras por un patrimonio que en definitiva no es tuyo.
Tú no estás obligado a estar en la casa ,si no te apetece vete de alquiler y alquila ,porque por mucho que la casa cueste de mantener ,con el alquiler sacarás para mantenerla.
Ahora querer disponer de un patrimonio de 300000 o 400000 euros por la cara ,me parece abusivo por tú parte.