La edad era un decir... Por la edad me refería a que igual eres un licenciado de la vieja escuela (que los hay), que pasan de actualizarse y citan y referencian sus afirmaciones a normas derogadas...
Citar una norma derogada puede tener un pase en un foro jurídico, pero afirmar como vigente (no dices en ningún momento que esté derogado) parte del texto que integra la norma derogada es más que descabellado..., es una burrada... Además, para defender lo indefendible, ya que no estamos debatiendo los acuerdos alcanzados en concilicación o en sede judicial, estamos hablando de la extinción de mutuo acuerdo, que es totalmente distinto.
Es más, ya que citas textualmente una norma derogada, cítala correctamente, y no sólo lo que te interesa... Lo que indicas dice textualmente "por acta de conciliacion administrativa o judicial en la que se RECONOZCA LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO, siempre que en el primer caso se hubiese acordado una indemnizacion no inferior a treinta y cinco dias de salario" (art. 1.1.c RD 625/1985, no de la Ley 31/1984..., y DEROGADO TAL APARTADO, por la Ley 45/2002).
En tu maravillosa cita, se alcanza un acuerdo tras un despido... Por el contrario, en la extinción de mutuo acuerdo, no existe un despido del que derive.
yo no digo que una abogada asesorará mál o bien.... a lo mejor no me expresé bien.... el tema que dijo es:
que no se podía ir del trabajo voluntariamente y cobrar el paro:
la verdad es que el hombre decía que la empresa pasaba apuros económicos y que no quería demandarla pero que tenía que irse voluntariamente al paro
la bogada le dijo de Llegar a un acuerdo con la empresa para que te despidan (un despido improcedente acordando la indemnización en su caso), y entonces es la propia empresa la que te tramitará los papeles para el paro y podrás cobrarlo (si has cotizado el tiempo legalmente necesario).
..... entonces yo me preguntaba y eso concretamente pregunté ¿se puede pactar la indemnización que uno quiera? por ejemplo 100€. para que el trabajador cobre el paro? o eso es ILEGAL.
Si es tan ilegal como indicáis. ¿Por qué la empresa Ramón Vizcaino de Guipuzcoa, que lleva 8 meses sin pagar a sus trabajadores ha realizado esta acción con más de 150 empleados? Baja voluntaria para ahorrarse las indemnizaciones por despido y con derecho a paro ¿Quiénes son los socios de Ramón Vizcaino? Quizas para esos socios la ley cambie con consentimiento de la Administración.
¿Porqué los abogados laborales y los sindicatos no denuncian esta acción?
Discutir sobre las ilegalidades que se llevan realizando en este país toda la vida es una pérdida de tiempo. Sobre todo porque la Administración no se preocupa en absoluto de descubrir dichas irregularidades. Si quisieran resolver el problema sólo tienen que gestionar ellos mismos el pago de la indemnización al trabajador, obligando a la empresa a ingresarla en una cuenta, para después abonársela al trabajador.
CARAI!!!!! de verdad que alucino... los socios de Ramon Vizcaino de guipuzcoa son otro tema porque en el caso que planteé era una consulta de un trabajador en el programa de radio (www.lepuedepasarausted.com) el trabajador dijo el hombre que dijo que la empresa no le paga pero que no quiere perjudicar a la empresa y preguntaba si había posibilidad de irse al paro y cobrar voluntariamente.... En el programa de radio le respondió una abogada que le dijo que lo mejor era pactar con la empresa e irse al paro pero PACTAR DE UNA FORMA LEGAL.... y en el foro me han rrespondido unos que es legal y otros que no. por lo tanto NO ME ESTAIS ACLARANDO NADAAAAAAAAAAAA
1. tr. Acordar algo entre dos o más personas o entidades, obligándose mutuamente a su observancia.
Por tanto, creo deducir que para pactar la salida de una empresa de un trabajador, deben estar ambas partes de acuerdo, lo cual no es un despido propiamente dicho.
Fuente RAE
Despedir.
Alejar, deponer a alguien de su cargo, prescindir de sus servicios.
Si hay un acuerdo, este acuerdo debe plasmarse por escrito, y no poner que la empresa le despido por los motivos que sean, etc, etc, porque es entonces cuando nos encontramos con un fraude. Si la realidad del acuerdo se plasma por escrito, que acuda a solicitar la prestación por desempleo, a ver que le dicen.
Si por el contrario, en lugar de la realidad, pacto empresa-trabajador, vestimos de despido la situación, es cuando nos podemos encontrar con las sanciones que estipula la Ley.
Empresa:
Artículo 23. Infracciones muy graves.
1. Son infracciones muy graves:
c.- El falseamiento de documentos para que los trabajadores obtengan o disfruten fraudulentamente prestaciones, así como la connivencia con sus trabajadores o con los demás beneficiarios para la obtención de prestaciones indebidas o superiores a las que procedan en cada caso, o para eludir el cumplimiento de las obligaciones que a cualquiera de ellos corresponda en materia de prestaciones.
Trabajadores:
Artículo 26. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
a.- Actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan, o prolongar indebidamente su disfrute mediante la aportación de datos o documentos falsos; la simulación de la relación laboral; y la omisión de declaraciones legalmente obligatorias u otros incumplimientos que puedan ocasionar percepciones fraudulentas.
Y es que, como ya he dicho, puede existir un pacto, pero este pacto debe reflejarse documentalmente como fin de la relación, sino se hace, es un fraude, castigado por la Ley.
Las consecuencias de las faltas anteriormente expuestas, para quien tenga curiosidad, las puede encontrar en:
" y en el foro me han rrespondido unos que es legal y otros que no. por lo tanto NO ME ESTAIS ACLARANDO NADAAAAAAAAAAAA "
te recomiendo una nueva lectura de todo lo de arriba, si no te es mucha molestia, porque creo que ninguno te hemos dicho lo de que "pactar un despido" sea legal, menos, al parecer, la abogada esa de la sospechosa web que citas que prefiero no recitar de nuevo
Disculpen que me entrometa:
creo que nuestro amigo no está planteando bien el asunto.... la abogada que intervino en el programa de radio DIJO::::: En relación a tu duda, no puedes irte tú del trabajo voluntariamente y cobrar el paro. DIJO que había la opción de:
(un despido improcedente acordando la indemnización en su caso), y entonces es la propia empresa la que te tramitará los papeles para el paro y podrás cobrarlo (si has cotizado el tiempo legalmente necesario).
no le instó a pactar un despido que ilegal..... ESO ES LEGAL. NO FALTEIS A UNA COMPAÑERA. hay que recordar que era el propio trabajador que no quería pleitos puesto que aducía a que la empresa pasaba muchos apuros económicos.
he dicho!!!!
hola alejandro, primero aclararte que no soy abogado, solo un jardinero por lo tanto no es mi compañera.
Segundo, entiendo que siendo tu el administrador del foro donde aconteció esta pregunta salgas aquí defendiendo la posición de la letrada, como tu sabes yo estoy teniendo un debate en tu foro con dicha abogada por este tema y me parece que tus intervenciones no aportan nada significativo.
Y sí, te guste o no en este foro ayudamos a muchas personas y al contrario de lo que comentas en tu foro respecto a Pórtico legal, creo que esta a la vista que sí damos buenos consejos.
Aquí tienes el literal de tus palabras en tu foro.
"Ya he visto la que se ha montado en el foro laboral de porticolegal en relación al tema que planteó el ciudadano en cuestión, de hecho he visto la respuesta por parte del nuevo usuario al mensaje de la abogada que amablemente intervino en el programade un nuevo usuario(que probablemente no iba a imaginar que yo íba a saber que era forero de portico legal ¿verdad? ). que triste es ver que una persona sin ánimo de lucro auyde a un ciudadano y que la envídia esté más extendida que la gripe... se conoce que en el porticolegal no dan consejos ¿verdad?."
Que le vamos a hacer, a veces la lengua es mas filosa que una espada.
En cuanto a que participas en este foro, te diré que en el último año nunca he visto una intervención tuya, pero que me da igual, porque si todas tus intervenciones son como las de tu foro o las de este, sigues sin aportar nada.