Escuchaba el viernes un programa de radio donde se plantean temas legales y los responden abogados o médicos.... En la página web de su programa www.lepuedepasarausted.com/foro hay una consulta de un hombre que dice que la empresa no le paga pero que no quiere perjudicar a la empresa y preguntaba si había posibilidad de irse al paro y cobrar voluntariamente.... En el programa de radio le respondió una abogada que le dijo que lo mejor era pactar con la empresa e irse al paro... yo les pregunto ¿SE PUEDE PACTAR CON LA EMPRESA QUE TE DESPIDAN Y QUE LA INDEMNIZACIÓN SEA SIMBÓLICA? por ejemplo 1€?o siempre tiene que haber un mínimo legal que resulta un pago inebitable para el empresario? Gracias...
hola, como poder se puede, pero es un fraude a la Seguridad Social, con importantes consecuencias tanto al empresario como al trabajador si la SS llegara a tener conocimiento de dicho pacto.
Una cosa es la connivencia con la empresa para obtener prestaciones fraudulentas y otra es el Acto de Conciliación ante el Organismo de Trabajo o el Juzgado social en el cual empresa y trabajador acuerdan poner fin a la relación laboral mediante un acuerdo indemnizatorio.
El llegar a "acuerdos" para evitar pleitos es uno de los puntales de las relaciones laborales, pero, como en todo, siempre hay quien se aprovecha para cometer el fraude.
Llegar a un acuerdo ante el SMAC, no significa que no exista fraude de ley, de hecho, muchas empresas y trabajadores llegan hasta allí para enmascarar aún mas lo que es un acuerdo fraudulento de incio.
Otra cosa es que cuando se produce el despido la empresa y el trabajador no estén de acuerdo y lleguen a el ante el SMAC.
SALUDOS.
A VER..... creo que no me he explicado bien: es decir yo tengo un trabajador y él me dice que no puede aguantar más la situación de impagos constantes de la empresa pero que al mismo tiempo no quiere denunciar a la empresa.... ¿se puede qacordar un despido LEGAL pero que el trabajador directamente rehuse el cobro de la indemnización del despido?
el unico despido LEGAL que puedes acordar es el disciplinario.... pero cuidadin que al trabajador se le puede "olvidar que era un pacto" y nada mas recoger el finiquitto plantar demanda!!!
Otra forma LEGAL de solucionar la situacion es la baja voluntaria Y PUNTO... pero claro, eso no interesa a los caras!!!
No he escuchado el rpograma ese pero dudo mucho que una abogada en publico le hablara de "pactos"
Entonces ya no es un despido legal, es un acuerdo pactado para el cobro de una prestación que, salvo que demande a la empresa por los impagos, no le corresponde.
SALUDOS.
Las conciliaciones que tienen lugar diariamente tanto en los organismos de la Delegación de Trabajo como en el propio Juzgado Social son perfectamente legales. Lo cual no quiere decir que se puedan camuflar dentro de algunos de esos actos verdaderos fraudes. Pero no se les puede quitar por eso validez legal. Por lo que en el programa de radio se dijo lo correcto y es que " lo mejor era pactar con la empresa".
Como alguien ha dicho la connivencia para obtener prestaciones es un fraude y debería ser sancionada como sería el caso de que el trabajador y la empresa se puesieran de cuardo para pasar al trabajador al desempleo y que luego siguiera trabajando en negro y a puerta cerrada. Eso sería una falta muy grave de ambos que nadie debería tolerar.
Es cierto que puede haber fraude de ley y abuso de derecho detrás de: Conciliaciones, desestimientos, allanamientos, expedientes pactados, pero no por ello son actos ilegales.
En mi modesta opinión.
Son fraudes de ley, igual que un contrato por obra y servicio no es ilegal, a no ser que la causa por la que se realiza el contrato no sea la prevista.
La conciliación se utiliza cuando hay un desacuerdo previo, sino lo hay y el objetivo es escenificar un acto para que un trabajador cobre una prestación que no le corresponde, es un fraude de ley, y por tanto, ilegal.
SALUDOS.
El pacto entre empresa - trabajador es perfectamente legal en distintas materias de la relación laboral, entre ellas, la extinción de dicha relación de mutuo acuerdo... Ahora bien, lo que es un fraude es que dicha extinción de mutuo acuerdo dé lugar al derecho a la prestación por desempleo.
Por tanto, la abogada del programa de radio, en base a las informaciones dadas por el consultante, no respondió acorde a la legalidad..., seguramente por desconocimiento (son muchos los que creen que la extinción de mutuo acuerdo da derecho a desempleo).
Se tendrá derecho a percibir las prestaciones por desempleo "cuando se extinga la relación laboral por acta de conciliación administrativa o judicial"
Esto es la Ley, se llame 31/1984 o como se llame.
Pero lo que no entiendo es que se diga que es fraude que una extinción de mutuo acuerdo dé lugar a las prestaciones por desempleo.
Esta afirmación es poco acertada y, en el sentido en que va contra la ley, ilegal.
?Cabe pensar que tenga más fuerza legal una puñetera carta de despido que entrega la empresa para que cobre alquien el paro(Ley 45) que un acta de conciliación judicial firmada y sellada por el Juzgado.?
Si hay que cambiar las leyes vamos a recoger firmas pero si no ahí están.
Creo que no tienes muy claro lo que es el fraude de ley.
Si yo me quiero ir de una empresa, y llego a un acuerdo con ella para, a pesar de ser una baja voluntaria, que mediante la simulación de un despido pueda cobrar el desempleo, y que para que quede mas real, vayamos hasta la conciliación, donde llegaremos a un acuerdo, eso es un fraude de ley, porque mediante algo legal se ha cometido una ilegalidad.
Para que un trabajador tenga derecho a la prestación de desempleo debe ser echado de su trabajo contra su voluntad, otra cosa es que, no estando de acuerdo con la forma en que se le ha echado, demande y posteriormente en el acto de conciliación se llegue a un punto de encuentro sobre los distintos aspectos del despido, pero nunca sobre el desempleo ya que el derecho a percibirlo se generaría con la voluntad de la empresa de extinguir la relación.
No hace falta recoger firmas, basta con abrir los ojos.
SALUDOS.
A ver si me explico:
Hay despidos reales y despidos irreales, ficticios o de conveniencia .
En el primer caso, si el trabajador acciona contra el despido tendrá derecho a indemnización y a prestaciones por desempleo.
En el segundo caso, por no haber despido, todo cuanto se haga, aunque sea legalmente, es un fraude de ley y no genera ningún derecho ni de indemnización ni de prestaciones por desempleo.
Aunque, desgraciadamente, se podrán conseguir.
Pero hay situaciones, que todos conocemos ,en que el trabajador que quiere defender su puesto de trabajo a toda costa, se encuentra contra la empresa que se niega a readmitirlo. Si al final llegan a un acuerdo y lo reconocen en Conciliación, el trabajador tendrá perfecto derecho a las prestaciones. De lo que se deduce que no es correcto afirmar que la extinción por mutuo acuerdo no da derecho a desempleo, como ha dicho alguno. Deberia haberlo matizado .
Por ello creo que las negociaciones, mediaciones, arbitrajes y conciliaciones forman parte importante del mundo laboral y solucionan conflictos.
Pero siempre hay quien se aprovecha para cometer fraudes de ley y abuso del derecho.
abesan: AMEN.
No sigas que perdemos el norte:
"Es cierto que puede haber fraude de ley y abuso de derecho detrás de: Conciliaciones, desestimientos, allanamientos, expedientes pactados, pero no por ello son actos ilegales. "
"De lo que se deduce que no es correcto afirmar que la extinción por mutuo acuerdo no da derecho a desempleo, como ha dicho alguno. "
A ver, porque creo que no es que no distingais las churras y la merinas, sino que no habeis visto en vuestra vida una oveja.
Si un trabajador quiere defender su puesto a toda costa y la empresa se niega a readmitirlo y llegan a un acuerdo en conciliación, lo que genera el derecho a desempleo no es el acuerdo en si, sino la voluntad extintiva de la relación laboral de la empresa anterior a este acuerdo, osea el despido.
Caso distinto es si existe un acuerdo incial entre la empresa y el trabajador y lo escenfican en un acto de conciliación simulando un acuerdo posterior a un despido.
¿Es ilegal un contrato temporal? no, pero si ocultar detrás de el una relación indefinida.
¿Es ilegal un matrimonio?, no, pero si concertar uno para conseguir la nacioalidad.
¿Es ilegal una acuerdo en Conciliación?, no, pero si escenificar uno para acceder a una prestación.
Estos son casos de fraude de ley y aunque el acto en si no es ilegal, si se demuestra que se ha utilizado para un fin que lo es, es perfectamente sancionable.
SALUDOS.
No hay nada que matizar de mis palabras, ni éstas son erróneas "archilla"... Una extinción de mutuo acuerdo no da derecho a desempleo, aquí y en la China.
El ejemplo dado por "abesan", trabajador que se encuentra ante la negativa de la empresa para su reincorporación y pactan en conciliación, no es una extinción de mutuo acuerdo, es un despido... quizás habría que explicar qué se entiende por extinción de mutuo acuerdo del art. 49 ET.
"Libra100" no sé si has alcanzado la edad de 100 años, o eres el típico buscador en google que se cree todo lo que aparece, pero la Ley 31/1984 está más que derogada....
Las normas aplicables son la LGSS y el RD 625/1985, aunque para esta última hay que estar a las derogaciones tácitas existentes.
Shughart:
En las dos primeras líneas, en las que te refieres a mi comentario, enseñas la oreja.
Qué tiene que ver la edad de una persona que entra en el foro? Si yo tuviera 100 años también tendria derecho a participar. Y si yo fuera buscador de google también participaria sin ningún problema. ?O no¿
Lo que te pasa es que adoleces, no quiero decir de buenos modales, pero sí de la finura con que otros del Foro participan. Se debate sobre algo y no vale meterse con nadie ni elucubrar.
Yendo a lo de la Ley 31/1984 cierto es que si bien la misma ha sido derogada por la Ley G.SS RDL 1/1994 también es cierto que el régimen de las prestaciones por Desempleo se rige, además, por el RD 625/1985. Y éste es el que desarrollaba aquella Ley 31 o como se llame que decia yo.
Por lo tanto, aunque fuera una Ley derogada no era descabellada su cita.
Ahora nos vamos de vacaciones y voy a utilizar un billete de avión que me baje por Google y todo ello a pesar de mi edad.