Mi cuestión que debido a problemas laborales (presunto acoso moral) decidí solicitar solicitar la intervención del Procurador del Común de la Comunidad en la que vivo, con quien tengo abierto un expediente.
A partir de ahí el Procurador solicitó escritos aclaratorios a la otra parte ya que yo le entregué toda la documentación que tenía en mi poder.
Ahora resulta que la otra parte (administración pública) envío un escrito al Procurador lleno de calumnias e injurias hacía mí y mi familia, hecho este que descubrí fortuitamente y que el propio Procurador del Común me ocultó.
Solicité como parte implicada en ese expediente copias de esa documentación calumniosa y el Procurador se niega a dármelas con lo que a instancias de mi abogado presenté denuncia formal en el Juzgado de Instrucción de mi localidad.
Mi pregunta es ¿sería mejor comunicar esto paralelamente a la Fiscalía General del Estado?
¿Quién es el superior jeráquico del Procurador del Común?
¿A quién compete incriminar penalmente al Procurador cuando vulnera un artículo del vigente código penal y del Régimen administrativo común
Bueno amigos, recibid un cordial saludo y hasta pronto.
Ya, pero por ejemplo en mi Comunidad Autónoma, y espero no decir una parida, siguen conservando la denominación de Defensor del Pueblo. Quiero decir con esto que me imagino que tu asunto es de España, porque si no la legislación puede cambiar de un país a otro. Saludos.
Hola. Vivo en España. Pero siempre le he llamado Defensor del Pueblo. En fin, todos los días se aprende algo. De qué Comunidad Autónoma es usted? Sólo por curiosidad del concepto.
Yo siempre he oído decir Defensor del Pueblo (en mi caso de Castilla - La Mancha), pero puede ser que ambos conceptos sean válidos, no lo niego. Saludos.
Procurador del Común creo que existe uno por cada Comunidad Autónoma dependiente de la propia Comunidad, mientras que Defensor del Pueblo hay uno sólo para todo el país.
Infórmate si en tu Comunidad exista, estoy interesado en saber si existe un Preocurador del Común en cada cada Comunidad, el Defensor del Pueblo es válido para todo el país pero hay uno sólo, son independientes uno del otro.
Poniendo "procurador del comun" en san google todos los resultados me llevan a Castilla - Leon.
A nivel de España hay el Defensor del Pueblo (art. 54 CE). Luego las autonomías en sus estatutos pueden crear figuras similares. Ignoro si todas las autonomías tienen.
La denominación es libre o histórica, supongo. En Catalunya i la Comunitat Valenciana la figura se llama "Sindic de Greuges" (síndico de agravios).
En cuanto a la pregunta original, en principio no creo que tenga superior jerárquico, salvando que debe rendir cuentas a las cortes.
Para su procesamiento, tenga en cuenta la ley 36/1985, que establece su aforamiento a los tsj de cada comunidad.
Pero el Procurador del Común, responderá judicialmente de sus responsabilidades como cualquier otro cargo ¿no? Por ejemplo en caso de cometer prevaricación y ocultación de datos a los implicados en un expediente abierto en su Procuraduría.